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SBS aprueba reglamento de Gestión de Conducta del Mercado de Seguros

Norma exige que gestión de las empresas aseguradoras sea preventiva

Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Foto: ANDINA/archivo

Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Foto: ANDINA/archivo

13:42 | Lima, set. 12.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó hoy el reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema de Seguro, luego de culminado el periodo de prepublicación y de haber evaluado las opiniones de las empresas supervisadas y del público en general.

Este nuevo reglamento, publicado hoy en diario El Peruano mediante Resolución 4143-2019, equipara los requerimientos regulatorios en materia de gestión de conducta de mercado que se exigen actualmente a las empresas del sistema financiero, con los que se exigen al mercado asegurador, en lo que sea aplicable. 

También reemplazará al reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios del Sistema de Seguros y al reglamento de Pólizas Electrónicas, una vez que se completen los plazos de adecuación establecidos. 

La norma cuenta con un enfoque basado en principios y reglas mínimas, reemplazando el enfoque tradicional de cumplimiento normativo; y fue elaborado tomando como referencia las mejores prácticas internacionales, la experiencia obtenida en las labores de supervisión y estudios de demanda. 

La iniciativa exige que la gestión ahora sea preventiva y sea entendida como un proceso liderado por los órganos de gobierno, con el necesario compromiso de toda la organización, ampliando su alcance, antes centrado en transparencia de información y gestión de reclamos, para incorporar además la exigencia de adecuadas prácticas de negocio durante toda la relación contractual. 

También mejora las disposiciones del vigente reglamento de Transparencia, incorporando, entre otros puntos, lineamientos generales respecto de las prácticas que debe asumir una empresa de seguros con sus usuarios, partiendo del diseño de los productos ofertados.

Así como la definición de los canales y modalidades de comercialización e intermediación, los que deben ser adecuados al público objetivo, características y complejidad de los productos; y el cumplimiento de las condiciones pactadas durante la relación contractual, especialmente ante un siniestro.

Por otro lado, se incorpora la responsabilidad que tendrán el directorio y la gerencia para establecer e implementar un sistema de gestión de conducta de mercado que abarque toda la organización. 

Por su parte, el oficial de conducta de mercado será quien lidere la segunda línea de defensa de dicha gestión y deberá fomentar que esta sea preventiva, tomando en consideración los intereses y las necesidades de los usuarios. 

La gestión incluye el monitoreo de la relación con el usuario durante la oferta, promoción y comercialización de seguros (en cualquiera de sus modalidades), el pago de las primas, la tramitación de solicitudes de cobertura, así como en la liquidación y pago de la indemnización por algún siniestro o servicio ofrecido.

Uso de medios electrónicos


El reglamento también busca facilitar el uso de medios electrónicos en la contratación de productos de seguros, así como en la remisión de información al usuario (por ejemplo: póliza de seguros e información periódica) e incrementa los mecanismos de seguridad para su adecuada utilización. 

Asimismo incorpora la simplificación de la información a difundirse en diversos canales (página web y oficinas de atención al público), así como en los formatos contractuales (resumen de condiciones y certificado de seguro), reduciéndola a aquella que resulta más relevante para el usuario y facilite la comprensión de los términos allí contenidos.

Cabe destacar la exigencia de provisión de mayor información al usuario tanto en la tramitación de la solicitud de cobertura y liquidación del siniestro, como en las etapas posteriores, de tal manera que exista una adecuada interacción con la empresa y se facilite el seguimiento de la solicitud de cobertura hasta el pago de la indemnización o el rechazo del siniestro, según corresponda.

La elaboración y publicación del reglamento forma parte del conjunto de iniciativas regulatorias que la SBS ha venido desplegando para cumplir eficazmente con el mandato asignado a fin de cautelar que las empresas de sus sistemas supervisados cuenten con adecuadas prácticas de negocio en la oferta o promoción de productos y servicios financieros.

Así como en la transparencia de información y la gestión de sus reclamos, buscando que la adecuada gestión de conducta de mercado sea un elemento fundamental de la cultura organizacional y estrategia de negocio de las empresas. 


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(FIN) MMG


Publicado: 12/9/2019