Andina

Sancionan a dos empresas de transportes por accidentes que dejaron 27 muertos en Cusco

Indecopi halló responsabilidad en empresas Turismo Angelitos S.C.R.L y Flores Hnos S.R.L.

Indecopi sancionó a dos empresas de transporte interprovincial por accidentes registrados en 2018 que dejaron 27 muertos en Cusco. ANDINA/Archivo

Indecopi sancionó a dos empresas de transporte interprovincial por accidentes registrados en 2018 que dejaron 27 muertos en Cusco. ANDINA/Archivo

10:28 | Lima, ene. 15.

La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Cusco sancionó, en primera instancia administrativa, a las empresas de transporte Turismo Angelitos S.C.R.L y Flores Hnos S.R.L al hallarlas responsables de accidentes de tránsito que causaron la muerte de 27 personas y dejaron heridas a 31.

Ambas empresas deberán pagar una multa total de 900 UIT (unidades impositivas tributarias), equivalente a 3 millones 780,000 soles.

El motivo de la multa fue que ambas empresas vulneraron el artículo 25° del Código de Protección y Defensa del Consumidor por haber trasladado de manera insegura a sus pasajeros.

El artículo 25° establece que: “los productos o servicios ofertados en el mercado no deben conllevar, en condiciones de uso normal o previsible, riesgo injustificado o no advertido para la salud o seguridad de los consumidores o sus bienes”.

Los casos


En el caso de la Empresa Transportes Turismo Angelitos S.C.R.L, a través de la Resolución N° 589-2019/Indecopi-Cusco, la autoridad concluyó que expuso a un riesgo injustificado a los pasajeros de la unidad de placa M3W-957 que protagonizó un accidente, el 24 de setiembre de 2018, en la ruta Cusco-Paruro, debido a la actuación negligente de su conductor. El resultado: 24 personas fallecidas y 12 heridas.

La sanción también incluyó al propietario de la unidad, Leoncio Concha Lovatón, de manera solidaria, imponiéndoles una multa de 450 UIT, es decir 1 millón 890,000 soles. Los sancionados no apelaron la resolución.



En cuanto a la Empresa de Transporte Flores Hnos S.R.L, la Comisión, a través de la Resolución N° 566-2019/Indecopi-Cusco, determinó que tampoco cumplió con brindar un servicio seguro a los usuarios.

Según Indecopi, quedó comprobado que el vehículo de placa D2G-960 que cubría la ruta Cusco-Puerto Maldonado (Madre de Dios) se volcó a la altura de la ‘Curva de la Muerte’, el 6 de setiembre de 2018, debido a que el chofer no adoptó las medidas pertinentes durante el traslado por esta peligrosa zona, resultando 3 personas fallecidas y 19 heridas. También se le impuso una multa de 450 UIT.

Transporte Flores Hnos S.R.L. sí presentó apelación, por lo que el caso será visto por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi.

Indecopi precisó que esta decisión se adoptó al amparo del artículo 123 del Código, el cual precisa que “(…) Los procedimientos seguidos ante el Indecopi tienen carácter público. En esa medida, el secretario técnico y la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi se encuentran facultados para disponer la difusión de información vinculada a los mismos, siempre que lo consideren pertinente”.

La información contenida en esta comunicación se refiere a una decisión tomada por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Cusco, órgano que pertenece al área resolutiva del Indecopi y que está integrada por profesionales independientes que resuelven los casos según su conocimiento especializado y conforme al marco legal vigente. Los órganos resolutivos del Indecopi son autónomos en el ejercicio de sus funciones y sus decisiones no están sujetas a control por parte del presidente del Consejo Directivo, de la Gerencia General o de cualquiera de las Gerencias que conforman la estructura administrativa del Indecopi, conforme a lo establecido en el artículo 21° de su Ley de Organización y Funciones.

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(FIN) NDP/MAO

Publicado: 15/1/2020