El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) aprobó los Lineamientos para la emisión y uso del Documento Nacional de Identidad digital (DNId), con lo cual iniciará la implementación progresiva de esta nueva modalidad de identificación que permitirá a los ciudadanos acreditar su identidad tanto en trámites presenciales como virtuales.
La medida fue oficializada mediante la
Resolución Jefatural N.° D000012-2026-RENIEC/JNAC, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. La norma dispone que la emisión del DNId comenzará en un plazo máximo de 30 días hábiles contados desde su publicación.
De acuerdo con la resolución, el Documento Nacional de Identidad digital tendrá el mismo valor legal que el DNI convencional para acreditar la identidad de su titular en diferentes procedimientos. Además, coexistirá con el DNI azul y el DNI electrónico, por lo que no los reemplazará ni constituirá un nuevo documento de identidad.
El DNId será emitido por el Reniec para su uso en dispositivos digitales y permitirá a los ciudadanos identificarse de manera segura en entornos presenciales y no presenciales, en concordancia con lo establecido en la Ley de Gobierno Digital y su reglamento.
La entidad precisó que esta modalidad busca fortalecer la identidad digital en el país y facilitar el acceso a los servicios públicos mediante herramientas tecnológicas, garantizando la seguridad, autenticidad e integridad de la información.
Emisión gratuita
Como parte de la etapa de implementación del servicio, la resolución establece que la emisión del DNI digital será gratuita durante el presente ejercicio presupuestal.
La gratuidad tendrá carácter temporal y responde al proceso de puesta en marcha del servicio, mientras el Reniec culmina el despliegue de la infraestructura tecnológica y operativa necesaria para su funcionamiento.
Implementación progresiva
La resolución encarga a la Dirección de Certificación y Servicios Digitales y a la Oficina de Tecnologías de la Información del Reniec ejecutar las acciones necesarias para implementar el servicio.
Asimismo, la Oficina de Comunicaciones y Prensa deberá difundir los alcances de la norma y los lineamientos aprobados, que también serán publicados en el portal institucional del Reniec.
La aprobación de estos lineamientos cumple con el plazo fijado por el Decreto Supremo N.° 098-2025-PCM, que ordenó al Reniec aprobar la normativa correspondiente e iniciar la emisión del Documento Nacional de Identidad digital antes de cumplirse un año de su entrada en vigor.
Publicado: 31/7/2026