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Puno: amplían estado de emergencia en varios distritos por contaminación de agua potable

Medida regirá desde el 2 de enero y tendrá vigencia durante 60 días calendario

El Ejecutivo prorrogó el estado de emergencia por peligro inminente ante la contaminación de agua para consumo humano, en los distritos de Coata, Huata y Capachica de la provincia de Puno y en los distritos de Caracoto y Juliaca de la provincia de San Román, del departamento de Puno. ANDINA/Archivo

El Ejecutivo prorrogó el estado de emergencia por peligro inminente ante la contaminación de agua para consumo humano, en los distritos de Coata, Huata y Capachica de la provincia de Puno y en los distritos de Caracoto y Juliaca de la provincia de San Román, del departamento de Puno. ANDINA/Archivo

08:18 | Puno, ene. 1.

El Ejecutivo prorrogó el estado de emergencia por peligro inminente ante la contaminación de agua para consumo humano, en los distritos de Coata, Huata y Capachica de la provincia de Puno y en los distritos de Caracoto y Juliaca de la provincia de San Román, del departamento de Puno.

Mediante un Decreto Supremo publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se establece que esta medida regirá a partir del 2 de enero y tendrá una vigencia de 60 días calendario, para continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la reducción del muy alto riesgo existente.

La norma indica que el Gobierno Regional de Puno, y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; continuarán con la ejecución de las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la reducción del muy Alto Riesgo existente que correspondan. 

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente. 

(FIN) LZD/ 

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Publicado: 1/1/2021