La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) recuerda que los vehículos particulares deben pasar su primera inspección técnica vehicular de manera obligatoria a partir del cuarto año de antigüedad de la unidad y, posteriormente, realizarla cada año. Para determinar la antigüedad se considera el año siguiente al de fabricación consignado en la Tarjeta de Identificación Vehicular.
De esta manera, si tienes un vehículo cuya placa de rodaje termina en 7, octubre es el mes establecido para realizar la primera inspección técnica vehicular, de acuerdo con el cronograma vigente.
En el caso de los vehículos destinados al servicio de taxi, transporte público, transporte turístico y transporte de materiales peligrosos, la primera inspección técnica corresponde a partir del tercer año de fabricación. Por sus características y nivel de uso, estas unidades deben renovar posteriormente su certificado cada seis meses.
La inspección técnica vehicular permite verificar que los vehículos que circulan por las vías públicas se encuentren en condiciones adecuadas de seguridad y cumplan con los límites de emisiones contaminantes establecidos por la normativa vigente.
Durante el procedimiento se revisan, entre otros componentes, los sistemas de frenos, dirección, suspensión, luces y neumáticos, así como las emisiones contaminantes, con la finalidad de determinar si la unidad cumple las condiciones técnicas requeridas para circular.
Cronograma de los últimos meses del año
Los propietarios pueden identificar el mes en que corresponde realizar la inspección según el último dígito de la placa:
Placas terminadas en 7: octubre
Placas terminadas en 8: noviembre
Placas terminadas en 9: diciembre
Para conocer los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV) autorizados en las diferentes regiones del país, los usuarios pueden consultar el registro oficial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) en el siguiente
ENLACE.
La Sutran exhorta a los conductores a no esperar hasta el último día para realizar la revisión técnica y a verificar con anticipación la vigencia de su certificado, a fin de evitar inconvenientes y contribuir a una circulación más segura.
Publicado: 4/10/2026