Andina

Prorrogan estado de emergencia en la Panamericana Norte y Sur y la Carretera Central

También en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa y el Corredor Vial Interoceánica Sur, por 30 días

Tramo de la Panamericana Norte en la provincia de Casma, región Áncash. Foto: ANDINA/Daniel Bracamonte

Tramo de la Panamericana Norte en la provincia de Casma, región Áncash. Foto: ANDINA/Daniel Bracamonte

23:41 | Lima, abr. 14.

El Poder Ejecutivo prorrogó el estado de emergencia en diversas carreteras de la Red Vial Nacional (RVN) por el término de 30 días, a partir del sábado 15 de abril.

La prórroga se aprobó mediante el Decreto Supremo N° 051-2023-PCM, publicado este viernes en una edición extraordinaria del cuadernillo de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

La medida rige en la Carretera Panamericana Sur, Carretera Panamericana Norte, Carretera Central, Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa, y Corredor Vial Interoceánica Sur. 

Intervención de la PNP y FF. AA.


En estas vías, “la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas”, detalla el texto legal.

En su artículo 2, el decreto establece que, durante la prórroga del estado de emergencia, en las circunscripciones señaladas, se aplica lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.

Informe de acciones y resultados


Dentro de los cinco días hábiles posteriores al término del estado de emergencia prorrogado, la Policía Nacional del Perú debe presentar al titular del Ministerio del Interior un informe detallado de las acciones realizadas durante la prórroga del régimen de excepción y los resultados obtenidos.

Respecto al financiamiento, la norma legal precisa que “la implementación de las acciones previstas en el presente Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional asignado a los pliegos involucrados, y a las asignaciones de recursos adicionales autorizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas”.

“El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos”, añade el texto, firmado por la Presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra.


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(FIN) CCH

Publicado: 14/4/2023