El Gobierno prorrogó el estado de emergencia en algunos distritos y centros poblados de provincias pertenecientes a los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Junín y Cusco.
Asimismo, en la franja territorial denominada “Eje Energético del Gas de Camisea”, la cual abarca una distancia de ocho kilómetros a cada lado del Sistema de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural, desde el Centro Poblado Nuevo Mundo en el distrito de Megantoni (Cusco), hasta el distrito de Anco en la provincia de La Mar (Ayacucho).
Además, en la franja territorial denominada “Corredor Operacional Fluvial - Terrestre del Ene”; que abarca un espacio territorial hacia ambas márgenes del Río Ene
El decreto supremo, refiere que durante la vigencia de la prórroga se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
De igual modo, dispone que las Fuerzas Armadas mantienen el control del orden interno durante la vigencia de la prórroga en los distritos y centros poblados, y en las Franjas Territoriales denominadas “Eje Energético del Gas de Camisea” y “Corredor Operacional Fluvial – Terrestre del Ene”. La Policía Nacional del Perú apoya a las Fuerzas Armadas.
También, precisa que la actuación de las Fuerzas Armadas se rige por las normas del Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, y su reglamento.
Dispone, además, que el Comando Conjunto de las FF.AA. asuma el Comando Unificado conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo del CCFFAA, así como en el Decreto Supremo que precisa los alcances del comando en acciones y operaciones militares en zonas declaradas en estado de emergencia, en los casos en que las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno.
La prórroga del estado de emergencia tiene la finalidad de mantener a las Fuerzas Armadas en el control del orden interno para hacer frente al grupo hostil (organización Terrorista-Sendero Luminoso OT-SL) y otras amenazas conexas existentes en la zona.