El Ministerio de la Producción (Produce) estableció el Régimen Provisional de Pesca del recurso merluza para el periodo comprendido entre julio del 2026 y junio del 2027, con una cuota inicial de captura de 10,000 toneladas, a fin de asegurar la continuidad de la actividad extractiva bajo criterios de sostenibilidad.
La medida, oficializada mediante
Resolución Ministerial Nº 000187-2026-PRODUCE publicada en el boletín de Normas Legales del
Diario Oficial El Peruano, autoriza las actividades de pesca desde las 00:00 horas del 1 de julio del 2026 hasta el 30 de junio del 2027 en el área marítima comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo peruano y los 7 grados de latitud sur.
Asimismo, la norma precisa que el límite máximo de captura total permisible (LMCTP) inicial de 10,000 toneladas tiene carácter precautorio y podrá ser modificado de acuerdo con las condiciones biológicas, pesqueras o ambientales, sobre la base de la evidencia científica que remita el Instituto del Mar del Perú (Imarpe).
Produce indicó que la cuota inicial estará vigente hasta su agotamiento o hasta que el Imarpe presente la información técnica que sustente el establecimiento del límite máximo de captura correspondiente para todo el régimen provisional de pesca del periodo 2026-2027.
La resolución también mantiene diversas medidas de ordenamiento para preservar el recurso, entre ellas la prohibición de realizar operaciones de pesca al sur de los 7 grados de latitud sur, el uso obligatorio del sistema de seguimiento satelital en las embarcaciones autorizadas y la suspensión de faenas cuando la captura incidental de ejemplares juveniles supere los límites establecidos.
Finalmente, el ministerio señaló que el Imarpe continuará realizando el monitoreo permanente de los indicadores biológicos y pesqueros de la merluza, cuyos resultados servirán para evaluar la aplicación de nuevas medidas de conservación y el eventual ajuste de la cuota de captura durante la vigencia del régimen.
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(FIN) GDS
Publicado: 27/6/2026