La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró fundado el recurso de apelación interpuesto por Martín Vizcarra y revocó la decisión de primera instancia que pretendía continuar con un proceso por el delito de colusión simple, relacionado con obras en Moquegua.
Como consecuencia,
la Sala dispuso el sobreseimiento (archivo definitivo) del proceso seguido contra el exmandatario.
El Poder Judicial precisó que esta decisión no afecta el curso del proceso por cohecho, sino que elimina una duplicidad injustificada basada en los mismos hechos.
La controversia se centró en la aplicación de la excepción de litispendencia en el proceso penal, una herramienta legal que busca evitar que una persona sea sometida a dos procesos por los mismos hechos cuando ya existe uno en trámite, explicó el Poder Judicial en la red social X.
El proceso por el delito de colusión simple contra Vizcarra Cornejo es por los casos relacionados a los proyectos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua cuando se desempeñó como gobernador regional de Moquegua
Por estos hechos, el exmandatario fue hallado culpable del delito de cohecho pasivo propio y cumple una condena de 14 años de prisión en el penal Barbadillo en Ate.
(FIN) RMCH/JCR
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Publicado: 22/12/2025