Personas naturales y jurídicas, así como comunidades indígenas deberán registrar en libros la madera que aprovechan, afirma el Serfor. ANDINA/Difusión
Las personas naturales y jurídicas, y comunidades indígenas que tienen contratos de concesión, permisos de primera transformación y bosques locales de aprovechamiento forestal estarán obligados a registrar en libros la información de la madera que aprovechan.
Así lo dispone el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) que emitió dos resoluciones donde se dispone que estas medidas alcanzan también a todos los que participan en la
cadena productiva de la madera.
De acuerdo a las normas publicadas en el diario oficial El Peruano, el uso del “Libro de operaciones de los títulos habilitantes para el aprovechamiento forestal sostenible” será exigible desde el 02 de marzo y el “Libro de operaciones de centros de transformación primaria de productos y subproductos forestales maderables” a partir del 1 de agosto próximo.
Hasta la entrada en vigencia de la obligatoriedad de los libros, Serfor continuará con una campaña de capacitación y comunicación dirigida a los titulares de contratos de concesión, permisos y autorizaciones otorgados por el Estado, en particular a las comunidades indígenas y a los titulares de los centros de transformación primaria.
Los libros de operaciones son documentos físicos y digitales, similares a los libros contables, que registran información real sobre los volúmenes aprovechados y transformados de madera en rollo o aserrada, facilitando la trazabilidad de los especímenes,
productos y subproductos maderables desde su origen en el bosque hasta su transformación y llegada al mercado.
Además de la utilidad que estos documentos tienen para el control de los
recursos forestales por parte del estado, los libros de operaciones representan un medio para que los usuarios mejoren la gestión de sus operaciones, pues conocerán el volumen de madera que tienen en las distintas etapas del proceso, sus rendimientos, entre otros, por lo que constituyen una herramienta valiosa de competitividad.
La RDE N° 0264-2019-MINAGRI-SERFOR-DE y RDE N° 0265-2019-MINAGRI-SERFOR-DE, firmadas por el director ejecutivo del SERFOR, Alberto Gonzales–Zúñiga, se encuentran colgadas en la página web de la autoridad forestal (www.serfor.gob.pe)
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(FIN) NDP/MAO
Publicado: 13/1/2020