Partidos reciben capacitación sobre entrega de información financiera a la ONPE

Conocen normas que regulan gestión de sus fondos

ANDINA/Difusión

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10:14 | Lima, may. 29.

Las organizaciones políticas no pueden tener fuentes de financiamiento ilegal y todos sus gastos deben ser reportados a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) junto con comprobantes que los sustenten. Esas fueron algunas de las indicaciones que se brindaron en el taller organizado por dicho ente público el miércoles 27 de mayo en la ciudad de Lima.

Al evento asistieron tesoreros y contadores integrantes de una de las tres alianzas electorales y de 18 de los 54 partidos políticos que deben presentar ante la ONPE su Información Financiera Anual (IFA) 2025, a más tardar, el 1 de julio. 

La obligación también alcanza a otra alianza electoral y a 95 movimientos regionales que están siendo capacitados al interior del país por las Oficinas Regionales de Coordinación (ORC) de la ONPE.

Cada Información Financiera Anual (IFA) 2025 debe contener las actividades económicas y financieras desarrolladas por la organización política entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año pasado.

Específicamente, datos de los aportantes y el monto de sus aportes, además del estado de situación financiera, el estado de resultados, y notas e información complementaria a los estados financieros

Indicaciones

Las fuentes de financiamiento privado de una organización política pueden ser: aportes en efectivo o en especie, actividades proselitistas, rendimiento patrimonial, créditos concertados y legados.

Se consideran fuentes de financiamiento ilegal las siguientes:

· Fuentes anónimas. Los aportes no pueden tener un origen desconocido.
· Personas naturales extranjeras.
· Personas jurídicas nacionales sin fines de lucro.
· Personas jurídicas extranjeras con fines de lucro.
· Personas jurídicas extranjeras sin fines de lucro (excepto cuando sus aportes sean para organizaciones políticas y estén exclusivamente destinados a actividades de formación, capacitación e investigación).
· Personas naturales de nacionalidad peruana condenadas con sentencia consentida o ejecutoriada o con mandato de prisión preventiva por delitos contra la administración pública, tráfico ilícito de drogas, minería ilegal, tala ilegal, trata de personas, lavado de activos, terrorismo o crimen organizado. La prohibición se extiende hasta diez años después de cumplida la condena.
· Entidades de derecho público o empresas de propiedad del Estado o con participación de este.
· Confesiones religiosas de cualquier denominación.

Presentación 

· La carta de presentación de la IFA debe ser firmada por el representante legal y/o el tesorero de la organización política inscrito en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
· La información se consigna en los formatos aprobados por la ONPE y estos son suscritos por el tesorero y un contador público colegiado y habilitado.
· Los canales de presentación de la IFA son la mesa de partes de la sede central de la ONPE (Jr. Washington n.° 1894, Cercado de Lima), así como las mesas de partes de las Oficinas Regionales de Coordinación (ORC) y Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE).

(FIN) NDP/JCC/CVC
JRA

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Publicado: 29/5/2026