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Organizaciones políticas tienen el deber de filtrar qué personas formarán parte de ellas

Señala representante del ROP

Foto: ANDINA.

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17:55 | Lima, oct. 28.

Las organizaciones políticas tienen el deber de filtrar qué personas formarán parte de ellas y en cada una de ellas varían los criterios que toman en cuenta para reclutar a sus afiliados, señaló explicó la abogada Rubí Castro, representante del Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

"Las organizaciones políticas tienen el deber de filtrar qué personas van a formar parte de la misma (...) ellas son las directas responsables de verificar a qué ciudadanos están incluyendo como parte de su agrupación", dijo Castro en En entrevista a  JNETV.


La abogada indicó que "no es posible, de momento, establecer un regla (de afiliación) para todas las organizaciones políticas por igual.

En esa línea, indicó que el JNE,  específicamente la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (DNROP), es gestionar el proceso de inscripción de los ciudadanos que las agrupaciones políticas ya escogieron como afiliados.

El ROP fue creado en noviembre de 2003, con la promulgación de la Ley de Partidos Políticos - Ley 28094, recogiendo el mandato señalado en el artículo 178 de la Constitución Política del Estado, el cual establece que le compete al JNE, entre otras actividades, custodiar el registro de los partidos políticos, alianzas electorales, movimientos regionales y organizaciones políticas locales provinciales y distritales del país.

(FIN) RMCH 
GRM

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Publicado: 28/10/2023