ONPE fija requisitos para proveedores de redes sociales que difundirán franja electoral

Foto: ANDINA/Melina Mejía.

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15:30 | Lima, ago. 26.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó modificaciones al Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, estableciendo requisitos para agencias de medios, creadores de contenido e influencers que deseen participar como proveedores de redes sociales en la franja electoral de las próximas elecciones.


De acuerdo con la Resolución Jefatural 000137-2025-JN/ONPE, se consideran “medios digitales” tanto a agencias de medios como a creadores de contenido e influencers que difundan propaganda electoral en redes sociales mediante videos, shorts o reels.

En ese sentido podrán participar agencias formales y personas naturales o jurídicas cuya actividad principal se desarrolle en el entorno digital. Todos deberán asegurar la difusión diaria en hasta tres plataformas distintas.


Requisitos para agencias de medios

Para las agencias de medios, la ONPE exige presentar una declaración jurada con documentos que acrediten:

1. Experiencia mínima de 4 años en gestión de publicidad digital.
2. Inversión previa no menor a 186 UIT en los últimos 4 años.

Requisitos para creadores de contenido e influencers

En el caso de influencers y creadores de contenido, se deberán presentar documentos que respalden:

1. Cuentas con por lo menos un año de antigüedad.
2. 100,000 seguidores o suscriptores como mínimo.
3. Nivel mínimo de interacción: 1.3 % de engagement en Facebook e Instagram o 10,000 visualizaciones por video en YouTube en los últimos 30 días.

Estos parámetros buscan garantizar que la propaganda llegue a una comunidad activa y consolidada. Asimismo, la ONPE dispuso que las grabaciones para radio, televisión y redes sociales tengan una duración máxima de 30 segundos, a fin de unificar criterios y asegurar condiciones equitativas.

Financiamiento público y prohibiciones

En cuanto al Financiamiento Público Directo (FPD), se amplían las prohibiciones de contratación a directivos, representantes o afiliados con sentencias por delitos vinculados a fondos partidarios. También se regula que las rendiciones de cuentas se presenten al término de cada ejercicio anual y que la ONPE realice visitas de control mensuales.

Por último, se especifica que los ingresos por actividades proselitistas corresponden al monto recaudado tras deducir los gastos de su organización.


(FIN) NDP/ETA/CVC
GRM

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Publicado: 26/8/2025