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Oficializan ley de fortalecimiento de Ventanilla Única de Comercio Exterior

Será una plataforma de intercambio de información vinculada al comercio y el transporte internacional

ANDINA/Difusión

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11:02 | Lima, oct. 24.

El Poder Ejecutivo oficializó hoy la Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), luego que el pasado 3 de octubre del 2018 lo aprobara el Pleno del Congreso de la República.

La Ley Nº 30860, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, tiene como finalidad establecer los alcances de la VUCE, así como las medidas necesarias para su fortalecimiento y la mejora de los procesos vinculados a los procedimientos y servicios que se realizan a través de esta.

La presente norma establece que el VUCE ya no se circunscribirá solo a proveer una plataforma de gestión electrónica de expedientes, sino que además se establece como una plataforma de intercambio de información vinculada al comercio y el transporte internacional.

La VUCE es un sistema integrado para la facilitación del comercio exterior que, a través de medios electrónicos, permite a las partes involucradas en el comercio exterior y el transporte internacional, intercambiar información requerida o relevante para el ingreso, la salida o el tránsito de las mercancías y de los medios de transporte desde o hacia el territorio nacional.

Asimismo, permite gestionar la documentación e información relativa a los procedimientos y servicios que se realicen mediante este sistema.

Cabe indicar que la VUCE es administrada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) para su operación, mantenimiento, soporte, control, gestión de cambios, gestión de conocimientos, implementación de componentes y mejoras, coordinación con otras entidades públicas y privadas, y solución de conflictos en la operatividad.

La VUCE pone a disposición de las zonas económicas especiales un sistema integrado para la atención de los trámites que deben realizar los inversionistas en dichas zonas, así como para la administración y control de las operaciones de ingreso, estadía y salida de mercancías en dichas zonas.

La presente ley entra en vigor desde la vigencia de su reglamento, el cual debe ser aprobado por el Mincetur en un plazo de 60 días hábiles, contados a partir de hoy.


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(FIN) CNA

Publicado: 24/10/2018