El Poder Ejecutivo publicó hoy el reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, que, mediante la articulación del sistema nacional y privado, busca garantizar el acceso a la seguridad social en pensiones para todos los peruanos y propiciar un incremento progresivo en la cobertura y suficiencia de los beneficios previsionales.
“Este reglamento es resultado de un proceso de consulta con todos los sectores involucrados y constituye un hito fundamental en la reforma previsional. Sus medidas permitirán que la modernización del sistema se ejecute de manera ordenada y progresiva”, afirmó el ministro de Economía y Finanzas, Raúl Pérez Reyes.
El reglamento establece los lineamientos y procedimientos para el funcionamiento del nuevo sistema previsional, y dispone la emisión de normas operativas, a cargo de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), que harán posible su implementación gradual.

Entre las principales medidas reglamentadas se encuentran las siguientes:
1. Afiliación universal desde los 18 años, mediante un nuevo esquema de afiliación obligatoria que permitirá incrementar la cobertura y promover, desde temprana edad, la cultura previsional. Para ello, se crea la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), gestionada por la ONP, que interconectará a entidades y afiliados en un soporte digital único.
2. Inclusión de trabajadores independientes, quienes aportarán inicialmente 2 % desde 2028, con un incremento a 5 % a partir de 2034, lo que les permitirá acceder a las prestaciones del sistema.
3. Ingreso de nuevos competidores, como compañías de seguros, bancos de inversión y empresas de operaciones múltiples, que fomentarán la competencia y generarán mayores beneficios para los afiliados.
4. Implementación de Comisión por Productividad, junto con nuevas disposiciones sobre migración entre comisiones, rentabilidad mínima y el fortalecimiento de las responsabilidades de la SBS en estos temas.
5. Pensiones con garantía estatal, a través del Pilar Semicontributivo, que otorgará una pensión con financiamiento público para aquellos afiliados que, a pesar de sus esfuerzos, no acumularon aportes para una pensión mínima.
6. Libre traslado previsional, con reglas más simples para cambiar entre el sistema estatal y el privado.
7. Ampliación de cobertura del Pilar No Contributivo, beneficiando a ciudadanos en situación de pobreza o vulnerabilidad, con el objetivo de fortalecer e incrementar los alcances de diversos programas sociales.
8. Ampliación de alcance del Pilar Contributivo, mediante nuevos aportes voluntarios con fin previsional, incluyendo devoluciones por pagos en exceso de impuesto a la renta y aportes por consumo.
La implementación de las medidas será progresiva. En ese marco, la afiliación obligatoria a cualquiera de los sistemas previsionales regirá a partir del 1 de junio del 2027, mientras que el aporte de los trabajadores independientes se aplicará a partir del 2028. A su vez, el cómputo de boletas para acceder al aporte por consumo se iniciará el 1 de enero del 2027.
También se dispuso que, a partir del 2026, todos los adultos mayores de 75 años en condición de pobreza no extrema sean incorporados al programa Pensión 65, y que desde el 2027 la ONP iniciará el pago de las pensiones no contributivas del Programa Contigo.
Con la publicación de este reglamento, el Gobierno da un paso decisivo hacia la construcción de un sistema previsional moderno, inclusivo y sostenible, que refuerza la seguridad social como un derecho fundamental de todos los peruanos.