Normas Legales: oficializan ley que aprueba créditos suplementarios para cierre de brechas

Y dicta otras medidas

ANDINA/Melina Mejía

ANDINA/Melina Mejía

07:00 | Lima, jul. 19.

A través de la Ley 32732, publicada este domingo en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se oficializó la aprobación de créditos suplementarios para el financiamiento de inversiones públicas orientadas al cierre de brechas, la continuidad de los servicios del Estado, garantizar la transición democrática, y que, además, dicta otras medidas.

Mediante esta norma se aprueba la emisión interna de bonos que, en una o más colocaciones, puede efectuar el Gobierno Nacional hasta por la suma de S/ 1 260 000 000, destinada al financiamiento de proyectos de inversión; inversiones de optimización, ampliación marginal, rehabilitación y reposición (IOARR); e intervenciones de reconstrucción mediante inversiones (IRI) a cargo de diversas entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y locales.

De igual modo, la ley aprueba la incorporación de recursos, vía crédito suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 hasta por la suma de S/ 4 160 277 816, a favor de diversos
pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales. El detalle de pliegos y recursos asociados se encuentran detallados en los anexos respectivos.

Además, para los fines previstos en la norma, se dispone que el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) transfiera a favor del tesoro público el monto de S/ 300 000 000, con cargo a sus utilidades netas al Año Fiscal 2025.

Medidas remunerativas

La ley dispone también que, a partir de agosto de 2026, se efectúe el financiamiento de la implementación de medidas remunerativas a favor de los docentes de institutos y escuelas de educación superior, con cargo a los recursos autorizados mediante el crédito suplementario.

De igual modo, se autoriza el otorgamiento de una bonificación extraordinaria de S/487 para los docentes y auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de las Leyes 29944, 30328 y 30493 que laboran en Lima Metropolitana y regiones; así como para los docentes de las instituciones educativas de educación básica gestionadas por el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior. Estos se financiarán con los recursos autorizados en el crédito suplementario hasta por la suma de S/ 211 823 085,00.

La norma consigna, además, el otorgamiento de un bono extraordinario de S/300 a favor del personal que presta servicio militar acuartelado en el Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú. Se financia con cargo a los recursos autorizados en el crédito suplementario, hasta por S/ 13 000 000.

Censo a pequeña minería

Se autoriza también al Ministerio de Energía y Minas a emplear recursos hasta por la suma de S/ 38 123 560 para el financiamiento del Censo Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE), en el marco de lo establecido en la Ley 32537, que autoriza la ampliación de la vigencia del proceso de formalización minera integral.

En ese sentido, se autoriza a la cartera a realizar transferencias a favor del Instituto Nacional de Estadística e
Informática (INEI) para la ejecución del mencionado censo, previa suscripción de un convenio.

Juegos Panamericanos y Parapanamericanos 2027

La norma también autoriza al Instituto Peruano del Deporte (IPD) a realizar transferencias financieras a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) para la ejecución de inversiones en el marco de los XX Juegos Panamericanos y Parapanamericanos Lima 2027.

También se autoriza al IPD a realizar transferencias financieras a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y de la International Surfing Association (ISA), con cargo a su presupuesto institucional, para financiar la asistencia técnica y atención de compromisos en el marco de ambos eventos deportivos.


Atención del Fenómeno El Niño

Además, la Ley 32732 autoriza excepcionalmente al Ministerio de Economía y Finanzas a financiar gastos de capital y gastos corrientes no permanentes, destinados a la preparación y respuesta, frente a los efectos del Fenómeno El Niño (FEN), previa declaratoria de estado de emergencia nacional.

Se establece que la cartera podrá utilizar recursos hasta por la suma de S/ 300 000 000, provenientes del financiamiento aprobado mediante el Decreto Supremo 144-2024-EF, que aprueba un préstamo contingente con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), los cuales serán canalizados a través de la Reserva de Contingencia del MEF.

También se autoriza al MEF a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Reserva de Contingencia con la finalidad de financiar prioritariamente la ejecución de intervenciones de preparación ante el peligro inminente por la ocurrencia del FEN, así como intervenciones de seguridad ciudadana, durante el año 2026.

Gratificaciones para los CAS

La norma también establece medidas para la implementación de las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, así como de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) del personal del régimen especial de contratación administrativa de servicios (CAS).

Se precisa que el monto de las gratificaciones en ningún caso debe ser inferior a la suma de S/300. Además, para el cálculo del monto de la CTS se considera el tiempo de servicios contabilizado a partir del inicio del contrato vigente.


(FIN) MCA


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Publicado: 19/7/2026