Normas legales: Decreto fija reglas para dar de baja a móviles vinculados a delitos

Medida busca reforzar la respuesta estatal ante extorsiones y delitos vía celulares.

ANDINA/Difusión

ANDINA/Difusión

10:00 | Lima, nov. 21.

El Ministerio del Interior aprobó el Decreto Supremo N.º 018-2025-IN, que establece los lineamientos para la baja o suspensión temporal de servicios móviles y el bloqueo de equipos que hayan sido utilizados o vinculados en la comisión de delitos.


Objetivo de la norma

El decreto define las reglas, directrices y procedimientos que deben seguir las entidades competentes para solicitar la baja del servicio móvil o el bloqueo de equipos con IMEI asociados a actividades delictivas. 

El propósito es asegurar una actuación rápida, coordinada y verificable entre las instituciones del sistema de justicia y el sector telecomunicaciones.

Alcances

Los lineamientos son de aplicación obligatoria para el Ministerio del Interior (Mininter), la Policía Nacional del Perú (PNP), el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), el Poder Judicial, el Ministerio Público y el OSIPTEL, que supervisará la ejecución de las medidas.

Procedimiento para la baja o bloqueo

El decreto establece un proceso con plazos breves que busca una intervención eficaz:

  1. Designación de funcionarios: En un plazo máximo de dos días hábiles, las entidades autorizadas informan al OSIPTEL quiénes serán los funcionarios responsables de enviar los reportes de solicitud de baja o bloqueo.
  2. Envío de reportes: Las solicitudes deben remitirse mediante el sistema de información del OSIPTEL, indicando al menos la entidad solicitante y el delito vinculado.
  3. Ejecución de la medida: Tras recibir el reporte, el OSIPTEL tiene un día calendario para requerir a la empresa operadora la ejecución de la baja o bloqueo, medida que debe cumplirse en un máximo de un día calendario adicional.
  4. Comunicación de resultados: El OSIPTEL informa a la entidad solicitante sobre la ejecución de la medida y mantiene un registro oficial de todas las solicitudes emitidas y atendidas.

Atención a usuarios

Como parte del procedimiento, las entidades del sistema de justicia deben habilitar canales de atención para que los abonados puedan presentar objeciones debidamente justificadas ante una baja o bloqueo.

Además, la PNP establecerá un canal formal con OSIPTEL para verificar la autenticidad de denuncias o constataciones policiales presentadas por usuarios que soliciten el bloqueo de su equipo o la suspensión del servicio. 

Solo las denuncias verificadas permitirán que la empresa operadora ejecute la medida; de lo contrario, la solicitud será rechazada.

Finalmente, el decreto permite que las entidades involucradas emitan protocolos, guías o instructivos para implementar estos lineamientos sin afectar los derechos establecidos en normas de mayor rango.

(FIN) ETA/CVC

Más en Andina:

Publicado: 21/11/2025