El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) determinó que la gobernadora regional de Moquegua, Gilia Gutiérrez Ayala, sí infringió el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Período Electoral, y, por tanto, declaró infundada la apelación que sobre este tema había interpuesto la referida autoridad.
Esto consta en la
resolución 0172-2026-JNE, emitida desde el JNE y publicada en la edición de hoy de la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano.
En ella se confirma lo establecido inicialmente en la resolución 00607-2025-JEE-MNIE/JNE, emitida por el Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto. En ella se indicó que, en efecto, la gobernadora regional incurrió en infracción al subnumeral 32.1.2. del numeral 32.1. del artículo 32 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral.

Detalles de la infracción
Al respecto, la referida instancia electoral señaló que, en una entrevista concedida a Radio Americana el 27 de noviembre de 2025, la gobernadora de Moquegua dio declaraciones “que favorecen a la organización política de la cual es afiliada”; es decir, al partido Perú Primero.
Estas, de acuerdo al JNE, “podrían influenciar en la opinión de los oyentes e intención de voto de terceros en favor de la organización política”. Esto deriva del hecho de que durante la entrevista hizo referencia al fundador de su organización política, Martín Vizcarra, “realzando su imagen ante la ciudadanía”.

Además, en ella expuso de manera detallada “una cartera de 18 proyectos que su gestión viene impulsando, organizada en cuatro ejes, destacando obras y acciones del Gobierno Regional de Moquegua”. Esto, para la autoridad electoral “constituye una difusión de logros de gestión mientras ejerce funciones públicas”.
Se determina, por tanto, que Gutiérrez Ayala “pretendió influenciar en la intención de voto de los oyentes de la entrevista” “Dichas acciones constituyen propaganda electoral, en tanto su finalidad es persuadir a los electores para favorecer a determinada organización política, candidato u opción en consulta, con el objeto de conseguir un resultado electoral”, se indica.
Las declaraciones mencionadas constituyen, a juicio del JNE, “un discurso político a favor de la referida organización política”. Ello “constituye una vulneración al principio de neutralidad al emitir opiniones que favorecen a un actor político”; en este caso, al expresidente Vizcarra.
“Además, en la entrevista, la titular del pliego del Gobierno Regional de Moquegua reconoce su militancia en la organización política, por lo que sus declaraciones adquieren un carácter político explícito que intentaría influenciar en la intención del voto de la ciudadanía”, se indica.
Por todo ello, se optó por desestimar el recurso de apelación que la gobernadora regional interpuso frente a la resolución emitida por el Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto, reafirmándose lo dispuesto por dicha instancia del Sistema Electoral.
Gobernadora Regional Infringió Reglamento Sobre Propaganda Electoral by Fidel Gutierrez
(FIN) FGM/MAO
JRA
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Publicado: 5/2/2026