El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó al Instituto del Mar del Perú (Imarpe) la ejecución de la Operación Anguila VI en el área marítima comprendida entre los 03°24’S y 06°30’S, por un período de siete días calendario, contabilizados a partir del 14 de abril del 2026.
Los armadores que formarán parte de la Operación Anguila VI deben cumplir con las siguientes condiciones:
- Contar con permiso de pesca vigente para realizar actividad extractiva de anguila.
- Cumplir con las indicaciones del Imarpe en el marco de la actividad de investigación.
- Estar equipadas con un mínimo de 700 trampas para la captura de anguila.
- Contar con la capacidad para operar hasta la profundidad de 300 brazas.
- Contar con equipo satelital operativo conforme a la normativa vigente.

- Realizar hasta 42 lances de pesca durante la actividad de investigación.
- Considerar el reposo del arte de pesca en un promedio de tres horas por cada lance.
- Embarcar a los dos profesionales u observadores a bordo que designe el Imarpe.
- Garantizar la seguridad de los representantes del Imarpe, conforme a las disposiciones de la Autoridad Marítima Nacional para personal embarcado.
- Facilitar al personal del Imarpe el muestreo biométrico, la colecta de muestras biológicas y la recopilación de información a bordo durante la actividad de investigación.
- Entregar a los laboratorios del Imarpe en óptimas condiciones de preservación, muestras representativas de las capturas, conforme a las indicaciones de dicha institución científica.
El Imarpe coordinará con los armadores de las embarcaciones pesqueras participantes y con la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto del Produce, las acciones previas correspondientes a la ejecución de la Operación Anguila VI, pudiendo modificar el periodo de duración de la misma, ante la ocurrencia de situaciones excepcionales que afecten su ejecución.
Las capturas efectuadas por las embarcaciones pesqueras participantes en la actividad de investigación se contabilizan como parte de la cuota de captura total permisible anual del recurso anguila para el 2026.