El Ministerio del Ambiente reglamentó la Ley de Declaratoria de Emergencia Ambiental, estableciendo parámetros de cumplimiento obligatorio para las entidades públicas de todos los niveles de gobierno.
El contenido de dicho reglamento -que se aplica al ámbito de lo establecidos en la Ley 32106- se encuentra en el
decreto supremo 009-2025-MINAM, publicado en la sección de normas legales del Diario Oficial El Peruano.
Entre las disposiciones consignadas, están los requisitos que deben de cumplirse cuando se solicita una declaratoria de emergencia ambiental.
Se indica al respecto que dicho pedido puede ser efectuado por “cualquier persona natural o jurídica” ante el Ministerio del Ambiente. La solicitud debe contener una descripción del evento aludido, el componente ambiental (agua, aire, suelo, flora o fauna) afectado y la ubicación geográfica del mismo.
La información presentada es verificada por la entidad de fiscalización ambiental correspondiente.

Se indica también que el Ministerio del Ambiente debe ejecutar actividades de campo para evaluar la situación materia de pedido de declaratoria de emergencia ambiental. Estas deben hacerse en un plano no mayor de 24 horas después del inicio del procedimiento de evaluación.
Dicho plazo puede ampliarse hasta por siete días cuando el evento materia del pedido se ha producido en “zonas remotas, de difícil acceso o ante el impedimento de ingreso al área de intervención, que limite la recolección de información”.
Plan de acción
En el reglamento también se detallan, entre otros aspectos, cuáles son los criterios para establecer una Declaratoria de Emergencia Ambiental. Estos comprenden la evaluación de los niveles de concentración de contaminantes (metales, químicos, sólidos y mercurio).

Asimismo, se establece el marco para la elaboración del Plan Integrado de Acción Inmediata y de Corto Plazo, documento que contiene las acciones a aplicar en el área de intervención fijado en la declaratoria de emergencia ambiental, y que debe aprobarse con una resolución ministerial en la que también se declara esta emergencia.
Dicho plan determinará el área de intervención, los objetivos generales y estratégicos de la misma; las metas de la declaratoria, la actividad que se efectuará para logar el objetivo, los indicadores de cumplimiento, qué gobierno regional tiene competencia para desarrollar el plan, qué entidad se responsabiliza por las acciones y el plazo en el que estas se ejecutarán.
Reglamento de La Ley 32106 by Fidel Gutierrez
(FIN) FGM/MAO
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Publicado: 23/5/2025