La Superintendencia Nacional de Migraciones iniciará, el próximo 15 de setiembre, un proceso de formalización migratoria dirigido a las personas extranjeras que excedieron su tiempo de permanencia o residencia, el cual no aplicará a las personas que ingresaron al Perú de manera irregular.
El programa, denominado
“Estar en regla no es opcional ¡Formaliza tu situación migratoria ya!”, es parte del plan aprobado por
Resolución de Superintendencia N° 000110-2025-MIGRACIONES, que incluye, en paralelo, la intensificación de operativos de verificación y fiscalización migratoria de las personas extranjeras en el Perú.
El proceso de formalización migratoria está dirigido a:
- Personas extranjeras con exceso de permanencia: que cuenten con un carné de permiso temporal de permanencia (CPP/PTP), previamente emitido por Migraciones y que se encuentre vencido.
- Personas extranjeras con exceso de residencia: que hayan tenido Carné de Extranjería y su residencia esté vencida.
- Niños, niñas y adolescentes en situación migratoria irregular.
A diferencia de los anteriores procesos, de regularización, esta vez las personas extranjeras con ingreso irregular, y que no tramitaron antes un permiso temporal o residencia ante Migraciones, no podrán acceder a este proceso de formalización migratoria.
Esto se debe a que el Decreto Legislativo 1582, promulgado en noviembre de 2023 y que modifica la Ley de Migraciones (DL 1350), establece que el ingreso irregular al Perú, sin control migratorio, es una conducta infractora sancionable con la expulsión del país mediante el Procedimiento Administrativo Sancionador Especial Excepcional (PASEE).
Dicho decreto, además, establece el principio de soberanía en materia de formalización migratoria que busca contribuir a la seguridad nacional, el orden interno y seguridad ciudadana del país. En esa línea, Migraciones también recaba información socioeconómica de los extranjeros en los trámites, así como en las plataformas de registro de hospedajes.
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Si la persona extranjera que aplica al proceso de formalización excedió el tiempo de su permiso temporal (CPP o PTP), deberá solicitar el cambio de calidad migratoria, siempre y cuando cuente con los requisitos, como no contar con antecedentes penales, policiales o judiciales, ni alertas de INTERPOL.
De igual manera, si el tiempo de residencia (por tener un Carné de Extranjería con calidad migratoria vencida) ha vencido, debe solicitar la prórroga.
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(FIN) NDP/KGR
Publicado: 2/9/2025