MEF transfiere S/ 48 millones al Ministerio Público para lucha contra la delincuencia

Recursos financiarán gastos de desplazamientos y diligencias del personal fiscal y otras acciones

ANDINA/Daniel Bracamonte

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08:58 | Lima, nov. 2.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó hoy una transferencia de 48 millones 58,483 soles a favor del Ministerio Público para la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, con cargo a la Reserva de Contingencia del MEF.

Mediante Decreto Supremo Nº 239-2025-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se aprobó dicha transferencia para financiar los gastos de desplazamientos y diligencias del personal fiscal y de apoyo a la función fiscal, participación en las audiencias, conectividad y operatividad de las fiscalías penales, especializadas y mixtas, así como las intervenciones del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, a través de sus áreas especializadas.

Asimismo, se autorizó una transferencia de 45 millones 621,426 soles a favor de la Reserva de Contingencia del MEF, en el marco de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 (Ley Nº 32185), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio Público.




La norma indica que los titulares del pliego habilitador y habilitado en las mencionadas transferencias, aprueban la desagregación de los recursos autorizados dentro de los cinco días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.

Los recursos de la transferencia de partidas no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

En los considerandos de la norma se recuerda que la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza al MEF a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos del presupuesto de las entidades del Gobierno nacional, gobiernos regionales y municipalidades.

Además, el artículo 53 del Decreto Legislativo 1440 establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del MEF, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos.


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(FIN) CNA
JRA

Publicado: 2/11/2025