Juzgado emite sentencia en formato de lectura fácil en favor de persona con discapacidad

Decisión de Juzgado de Arequipa está basada en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

El Segundo Juzgado de Familia  del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, en Arequipa, emitió una sentencia en formato de lectura fácil en favor de una persona con discapacidad mental moderada. ANDINA/Difusión

El Segundo Juzgado de Familia del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, en Arequipa, emitió una sentencia en formato de lectura fácil en favor de una persona con discapacidad mental moderada. ANDINA/Difusión

16:00 | Arequipa, abr. 30.

El Segundo Juzgado de Familia del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, en la provincia y región Arequipa, emitió una sentencia en formato de lectura fácil en favor de una persona con discapacidad mental moderada.

El formato de lectura fácil permite que en casos como este, las personas puedan entender de manera clara, sencilla y directa las decisiones judiciales.


Cabe señalar que la sentencia cobra especial relevancia considerando que el demandante, pese a su condición, sabe leer y actualmente cursa estudios superiores.

El Segundo Juzgado de Familia declaró fundada la demanda presentada ante su despacho y tras el trámite correspondiente, resolvió designar como apoyo y salvaguardia, de un joven de 23 años con discapacidad mental moderada, a su madre Gladys Q.G.

Su progenitora estará facultada para cobrar las pensiones de alimentos ante el Banco de la Nación, así como realizar otras gestiones relacionadas con la administración de dichos fondos.

El juez Javier Calderón Beltrán, del Segundo Juzgado de Familia, dictó también salvaguardias en protección de la persona con discapacidad, con el fin de controlarse que la actuación de la persona designada como apoyo cumpla sus fines.


La decisión judicial está basada en principios de accesibilidad e inclusión claramente establecidas en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y en las 100 Reglas de Brasilia.

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(FIN) RMC/MAO

Publicado: 30/4/2026