En primera instancia administrativa, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi (CLC) sancionó con una multa total de 100,852.72 UIT, equivalente a más de 539 millones de soles a 13 empresas (laboratorios y distribuidoras) por coludirse en procesos convocados por el Estado.
Además, cinco ejecutivos involucrados en la infracción fueron sancionados con una multa conjunta de 262.67 UIT (equivalente a más de 1.4 millones de soles).
Según la investigación, las empresas coordinaron sus propuestas y abstenciones para ganar las licitaciones de compras de medicamentos entre diciembre de 2006 y febrero de 2020.
Indecopi indicó que este cartel afectó la adjudicación de múltiples productos farmacéuticos para el abastecimiento de hospitales públicos, como el cloruro de sodio, utilizado para la administración de medicamentos, reposición de fluidos y rehidratación; antibióticos como las amoxicilinas, azitromicinas, Meropenen y dicloxacilina, usadas para el tratamiento de diversas infecciones; antineoplásicos como Paclitaxel y Temozolamida e inmunosupresores como el metotrexaco para el tratamiento de leucemias agudas, cáncer de cabeza y cuello; además de antianémicos como el sulfato ferroso, suplemento del hierro, entre otros productos farmacéuticos.
“La comisión valoró archivos y correos electrónicos, chats y conversaciones telefónicas, declaraciones y documentos de 23 licitaciones investigadas del Ministerio de Salud y EsSalud, así como información de índole económica, revelándose que las empresas sancionadas acordaron sus posturas para definir cómo serían favorecidas con el reparto de medicamentos”, señaló.
Así, continuó, se descubrió que realizaron reuniones grupales y negociaciones bilaterales y para no ser descubiertas evitaron intercambiar correos entre sí o reunirse presencialmente. En el extremo, usaron un lenguaje críptico exclusivo y emplearon sobrenombres con la finalidad de esconder su identidad.
Conforme a la Ley de Libre Competencia una de las conductas anticompetitivas más dañinas son los acuerdos entre postores para no competir y, en su lugar, repartirse las licitaciones convocadas por el Estado para la contratación de bienes y servicios. Estas conductas ilegales generan gastos excesivos en el presupuesto público, ocasionando que los productos se adjudiquen a un precio mayor al que correspondía en caso las empresas hubiesen competido.
La comisión también ordenó que las empresas sancionadas implementen programas de cumplimiento de las normas de libre competencia por un periodo de 5 años, con el objetivo de asegurar que cumplan estas normas y disminuir los riesgos de reincidir en este tipo de infracciones.
La decisión emitida por la Comisión puede ser apelada ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi, última instancia administrativa que podrá confirmar, revocar o anular esta decisión. En tal sentido, las decisiones del Indecopi únicamente son cuestionables en el Poder Judicial luego de agotada la vía administrativa, tal como lo prevé la Ley de Libre Competencia.
La presente publicación se realiza considerando que la Resolución Final de la CLC y el Informe Técnico de la Dirección, se hacen públicos a partir del día siguiente de la notificación de la decisión de la primera instancia, de conformidad con el artículo 34 de la Ley de Libre Competencia.
Pueden acceder a la resolución en el siguiente
enlace.
Empresas sancionadas
1. B Braun Medical Peru S.A.
2. Instituto Quimioterápico S.A.
3. Laboratorios AC Farma S.A.
4. Distribuidora Droguería Sagitario S.R.L.
5. Laboratorios Americanos S.A.
6. Laboratorios Lansier S.A.C.
7. Pharmagen S.A.C.
8. OQ Pharma S.A.C.
9. Laboratorios Portugal S.R.L.
10. Laboratorios Unidos S.A.
11. Medifarma S.A.
12. Pereda Distribuidores S.R.L.
13. Teva Perú S.A.
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(FIN) NDP/JJN
Publicado: 21/11/2025