Las clínicas y hospitales no pueden exigir la presentación de un seguro de salud, un pago adelantado, un pagaré o una garantía económica cuando un paciente requiere atención médica de emergencia y su vida se encuentra en riesgo, recordó el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
@agenciaandina?? ¡Indecopi recuerda que hospitales y clínicas deben atender sin garantías en casos de emergencia! ?? Wendy Morales, vocera de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi, explicó que los afectados pueden recurrir al Libro de Reclamaciones de Salud ??, sobre todo en situaciones de emergencia.
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La vocera de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi, Wendy Morales, explicó que esta disposición se aplica incluso cuando el paciente no está afiliado a EsSalud ni tiene un seguro privado.
“No pueden negarnos la atención por no tener el seguro privado o por no estar al día en nuestros pagos. Una clínica no puede decirle al paciente que pase, pero que firme un pagaré de lo que va a costar o que firme una garantía de lo que va a tener que pagar porque primero es la vida y la salud de las personas”, señaló en entrevista con Andina al Día.
¿Es necesario presentar el DNI?
Ante una situación de emergencia, como una afectación a la salud ocasionada por un desastre natural, la atención médica no debe condicionarse a la presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI). El criterio fundamental es que la vida o la salud del paciente están por encima de todo.
“Las emergencias como tal sí deberían ser atendidas sin siquiera exigirle al paciente que muestre un documento de identidad. Ni siquiera deberían exigirle el DNI y mucho menos realizar pagos o, como se dice, estar asegurado”, explicó Morales.
La representante de Indecopi precisó que esta protección no se limita a situaciones provocadas por desastres naturales, como lluvias, inundaciones, desbordes, sismos o el fenómeno de El Niño. El derecho a recibir atención de emergencia también debe respetarse en circunstancias ordinarias del día a día, como un accidente de tránsito.
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Este es un derecho que se respeta también en situaciones normales. No pueden poner ese tipo de obstáculos, pero nosotros lo hemos rescatado dentro de nuestra Guía para consumidores en situaciones de emergencia porque en esas situaciones es donde lamentablemente vamos a ver más este tipo de ejemplos”, sostuvo.
¿Qué hacer si te niegan la atención?
Si una clínica u hospital niega la atención de emergencia pese al riesgo para la vida o salud del paciente, el afectado puede recurrir al Libro de Reclamaciones de Salud, mecanismo supervisado por la Superintendencia Nacional de Salud (SuSalud).
"Recuerden que toda esta información básica y estas recomendaciones nosotros la estamos brindando a través de nuestra Guía para consumidores en situaciones de emergencia”, dijo Morales.
Finalmente, la vocera de Indecopi recomendó a los ciudadanos revisar este documento para conocer sus derechos y las medidas que pueden adoptar ante una eventual negativa de atención en situaciones de emergencia.
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Publicado: 14/9/2026