Andina

Gobierno declara estado de emergencia en la provincia de Ica por 60 días calendario

La Policía Nacional deberá mantener el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas

En la ciudad de Ica se han incrementado los disturbios, debido a lo cual los comerciantes optaron por cerrar sus negocios. Foto: ANDINA/Difusión

En la ciudad de Ica se han incrementado los disturbios, debido a lo cual los comerciantes optaron por cerrar sus negocios. Foto: ANDINA/Difusión

23:27 | Lima, dic. 13.

El Gobierno declaró el estado de emergencia, por 60 días calendario, en la provincia de Ica, en el departamento del mismo nombre, tiempo en el que la Policía Nacional del Perú (PNP) deberá mantener el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas.

Mientras dure el estado de emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política, señala el Decreto Supremo 141-2022-PCM, publicado en la edición extraordinaria de las Normas Legales del diario El Peruano

La intervención de la PNP y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Leg. 1186, que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional, y en el Decreto Leg. 1095, que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las FF. AA. en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 003-2020-DE.

El decreto supremo indica que dentro de los cinco días hábiles posteriores al término del estado de emergencia, la Policía Nacional debe presentar al titular del Ministerio del Interior un informe detallado de las acciones desplegadas durante el régimen de excepción y los resultados obtenidos.

La implementación de las acciones previstas en el decreto supremo se financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados.

El decreto supremo es refrendado por el presidente del Consejo de Ministros y los ministros del Interior, de Defensa y de Justicia y Derechos Humanos.

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(FIN) JOT

Publicado: 13/12/2022