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Este lunes 15 de marzo regirán nuevas medidas frente a pandemia

Carros particulares no podrán circular los domingos de marzo en zonas de alerta alto, muy alto y extremo

Este lunes 15 de marzo regirán nuevas medidas frente a pandemia. Foto: ANDINA/Difusión.

Este lunes 15 de marzo regirán nuevas medidas frente a pandemia. Foto: ANDINA/Difusión.

06:44 | Lima, mar. 14.

Con la nueva clasificación de provincias según riesgo de contagio del covid-19, el Gobierno aplicará nuevas medidas biosanitarias para evitar su propagación, especialmente en 27 provincias que figuran en riesgo extremo.

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Entre ellas se incluyen a las provincias de Abancay (Apurímac), Caylloma (Arequipa), Huaraz y Casma (Áncash), Huamanga, Cangallo y La Mar (Ayacucho), y Cajamarca y Cajabamba (Cajamarca).


En ese mismo nivel están Cusco y La Convención (Cusco), Chincha y Pisco (Ica), Jauja, Chupaca y Chanchamayo (Junín), Lambayeque (Lambayeque), Trujillo (La Libertad), Barranca, Huaral y Huaura (Lima), Maynas (Loreto), Tambopata (Madre de Dios), Mariscal Nieto (Moquegua), Tacna (Tacna), Coronel Portillo (Ucayali) y el Callao.

Niveles alto y muy alto

Las regiones de Piura y Huánuco se encuentran en su totalidad en el nivel de alerta alto, al igual que Amazonas, Huancavelica, Pasco, Puno, San Martín y Tumbes, y las demás provincias de las regiones restantes que no se han mencionado se mantienen en el nivel de alerta muy alto.

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En todo el país la inmovilización social obligatoria nocturna se prolongará hasta las 4:00 horas, empezando a las 23:00 para el nivel de alerta moderado, a las 22:00 para el nivel de alerta alto, y a las 21:00 en los niveles de alerta muy alto y extremo.

El Ejecutivo también dispuso que los domingos no se podrán usar vehículos particulares en las localidades con niveles de alerta alto, muy alto y extremo.

Se autoriza, además, el uso de playas, ríos, lagos o lagunas en las regiones con niveles moderado y alto, siempre con respeto a las normas sanitarias vigentes, y se prohíbe el mismo en las de alerta muy alto y extremo.

En cuanto al desarrollo de actividades comerciales, se permite que en las jurisdicciones con nivel de alerta alto los casinos, tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas en espacios cerrados funcionen con un aforo del 40%. Aquellas artes escénicas que se efectúan en espacios abiertos podrán tener un aforo de hasta 60%.

En estas mismas jurisdicciones, esa proporción se aplicará a los restaurantes en zonas internas, mientras que los que funcionen al aire libre podrán usar hasta el 70%.


Las tiendas de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias podrán operar al 60%. Los centros comerciales, galerías, tiendas por departamento y tiendas podrán funcionar con un aforo de 50% y los templos religiosos, 40%.

En cuanto a las bibliotecas, museos, centros culturales y zoológicos operarán con un aforo de 60%; los clubes y asociaciones deportivas al aire libre, al 50%; y finalmente los bancos, al 60%.

Tanto las autoridades municipales como la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas supervisarán el cumplimiento de las medidas.

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(FIN) DOP/LIT


Publicado: 14/3/2021