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Estas son las normas legales más relevantes de hoy sábado 24 de junio del 2023

Dispositivos legales son publicados en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano

Foto: ANDINA/archivo.

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08:21 | Lima, jun. 24.

El Boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano difunde diariamente una serie de dispositivos de interés público y de gran impacto para la marcha del país. Conoce a continuación las normas legales más relevantes del día.

GLP

Decreto de Urgencia 021-2023. Establece medidas extraordinarias referidas al GLP

El Poder Ejecutivo aprobó la transferencia de S/ 120 millones al Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), que permitan impulsar la compensación social y promoción para el acceso al GLP de la población vulnerable, como medida extraordinaria en materia económica.

Este beneficio se dará mediante la ampliación temporal del Vale de Descuento FISE, aplicable exclusivamente a los balones de GLP de hasta 10 kg, con la finalidad de facilitar el acceso a este combustible a los usuarios de los sectores vulnerables y; de esta forma, contribuir a la cobertura de la canasta básica familiar de consumo.  

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Publicación de actas 


Ley 31802. Establecen publicación de actas y agendas del Consejo de Ministros

El Congreso emitió una norma que establece la publicación de las agendas y las actas de las sesiones del consejo de ministros.

El dispositivo legal modifica la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y señala que la agenda del consejo deberá publicarse en el portal de transparencia de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), antes del inicio de cada sesión.

De igual forma, se difundirán los acuerdos del consejo en el término de 24 horas de aprobada. Quedan exceptuados de publicación los asuntos de inteligencia, orden interno, seguridad nacional u otra información considerada secreta.

Norma también indica que no podrán ser ministros quienes cuenten con sentencia condenatoria por delito doloso.

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Agua


Ley 31801. Regula a las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos

La presente ley tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento de las organizaciones de usuarios de agua previstas en la Ley 29338, Ley de Recursos Hídricos, para su fortalecimiento.

Se considera usuario de agua a toda persona natural o jurídica que posea un derecho de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua (ANA). Se incluye a los titulares de certificados nominativos que se deriven de una licencia de uso de agua en bloque.

Los usuarios de agua participan en la gestión multisectorial y uso sostenible de los recursos hídricos en forma directa o personal o en forma institucional a través de las organizaciones de usuarios de agua.

La participación institucional genera los derechos y obligaciones como participar directamente en las sesiones de la asamblea, con voz y voto, interviniendo en la toma de decisiones.

Cumplir con el estatuto y los acuerdos de la organización de usuarios de agua, entre otros.  

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(FIN) CVC
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Publicado: 24/6/2023