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Estado de emergencia: ¿qué está permitido durante la inmovilización social obligatoria?

Foto: ANDINA/Juan Carlos Guzmán.

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07:08 | Lima, abr. 5.

El Gobierno dispuso la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao desde las 02:00 hasta las 23:59 horas de hoy martes 5 de abril. Sin embargo, ¿qué está permitido durante la jornada de hoy?



-Atención de servicios de salud, medicinas, agua, luz, gas, combustibles, transporte de carga y mercancías y actividades conexas.

-Farmacias y boticas puedan brindar atención.

-Podrá transitar el personal de prensa escrita, radial o televisiva siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación.


-Se permite el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como para la adquisición de medicamentos.

-Los trabajadores del sector público y privado efectúan solo trabajo remoto.

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Publicado: 5/4/2022