Los trabajadores del sector público y privado que residen en Lima Metropolitana y el Callao realizarán solo trabajo remoto durante la inmovilización social obligatoria dispuesta por el Gobierno desde las 02:00 hasta las 23:59 horas de hoy martes 5 de abril.
Así lo establece el
Decreto Supremo 034-2022-PCM, publicado hoy en el Diario Oficial
El Peruano, y que modifica el Decreto Supremo 025-2022-PCM que prorroga el Estado de Emergencia en Lima Metropolitana del Departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao.
La norma indica que quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
Durante la inmovilización social obligatoria, se exceptúa al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud, medicinas, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas.
Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención de acuerdo a la norma de la materia.
El personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación. La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.
También se permite el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como, para la adquisición de medicamentos.
La normativa señala, en sus considerandos, que esta medida se adopta con el fin de proteger el orden público y el orden interno, así como la vida y a la salud de los peruanos, ante las acciones realizadas durante las protestas registradas en las últimas horas.
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Publicado: 5/4/2022