El voto digital se aplicará, de manera progresiva, a partir de las Elecciones 2026, por lo que algunos grupos de electores ya han sido priorizados para su uso en dichos comicios. No obstante, hay un sector de la población que únicamente podrá ejercer su derecho al voto mediante esta modalidad.
Se trata de los
miembros de las Fuerzas Armadas que, por razones de servicio, se encuentren desplazados de su lugar de votación original al momento de las elecciones. Así lo establece la
Ley 32270, que modifica la Ley Orgánica de Elecciones para incorporar el voto digital.
De acuerdo con la primera disposición complementaria final de dicha norma, la aplicación del voto digital será progresiva, por lo que se autorizó a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) a priorizar a aquellos grupos de ciudadanos que considere pertinente, como por ejemplo los peruanos que se encuentran en el extranjero.
Sin embargo, se señala a continuación que, “excepcionalmente, el voto digital es de aplicación obligatoria para los miembros de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas que, por razones funcionales, se encuentren desplazados fuera de su domicilio registrado ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec)”.
En ese sentido, se precisa que Reniec entregará gratuitamente a dichos efectivos el DNI electrónico -necesario para hacer uso de la solución tecnológica-, en coordinación con los órganos de comando de las Fuerzas Armadas y la Policía.
Grupos priorizados
Los otros grupos que han sido considerados para hacer uso del voto digital pueden optar por esta modalidad de manera opcional. Estos son:
- Miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional no desplazados.
- Ciudadanos peruanos que se encuentren fuera del país y cuyo DNI indique domicilio en el Perú (no residentes en el extranjero).
- Personal asistencial y administrativo de establecimientos de salud públicos y privados, incluidos hospitales policiales y militares.
- Personal del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
- Personal del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el Reniec y la ONPE.
- Personal del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), de la Defensoría del Pueblo, del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
- Ciudadanos con discapacidad registrados en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad o que figuren como tales en el padrón electoral.
- Ciudadanos cuyo domicilio registrado ante el Reniec esté en el distrito de Cercado de Lima.
Registro en el portal Voto Digital
Los ciudadanos que pertenecen a los grupos priorizados y deseen hacer uso de esta modalidad de votación deberán
registrarse previamente en el portal de Voto Digital. El registro inició el 29 de octubre y estará disponible hasta el
13 de diciembre.
Cabe señalar que quienes opten por hacer uso del voto digital ya no podrán cambiar de modalidad de votación una vez que sea confirmada, por lo deberán hacer uso de la misma el próximo 12 de abril de 2026 y también en caso de que haya segunda vuelta.
(FIN) MCA/CVC
Más en Andina:
Publicado: 5/11/2025