Las situaciones de desalojo siempre han sido un gran problema para los arrendadores, ya que en muchos casos pueden tardar años en resolverse en el Poder Judicial. Sin embargo, existe una alternativa más rápida y eficaz: el desalojo express. ¿En qué consiste? ¿Cuanto tiempo puede demandar el desalojo? En esta nota te lo explicamos.
En diálogo con la agencia Andina, el juez supremo titular Ramiro Bustamante señaló que este mecanismo permite recuperar un inmueble en un plazo mucho menor frente a los procesos tradicionales. Precisó que este procedimiento judicial garantiza la ejecución del desalojo en solo 15 días.
Para acogerse a este proceso especial, el magistrado explicó que se deben cumplir ciertos requisitos. “Para que proceda este proceso especial de desalojo express, se necesita de un contrato escrito que tenga una cláusula de allanamiento a futuro y que además cuente con las firmas legalizadas notarialmente del arrendador y del arrendatario”, precisó.
Asimismo, detalló que este procedimiento aplica únicamente en casos específicos. “Únicamente procede para el caso de falta de pago de la renta. Si un arrendatario deja de pagar 2 meses y 15 días, el propietario puede acogerse a este procedimiento. También si el contrato ha vencido y el arrendador ya no desea continuar con el alquiler”, agregó.
A diferencia de un juicio tradicional, que puede extenderse hasta por tres años, el desalojo express puede resolverse en aproximadamente un mes. Según Bustamante, el proceso es ágil desde su inicio ya que el juez admite la demanda y dicta un auto de ejecución, otorgando seis días al demandado para que acredite el pago o la vigencia del contrato. Si no lo hace, se dispone el lanzamiento dentro de los 15 días posteriores.
El magistrado enfatizó que este mecanismo evita maniobras dilatorias que suelen retrasar los procesos judiciales. “Este desalojo es un proceso especial que solo permite acreditar el pago de la renta o la prórroga del contrato. Si no se acreditan estas dos situaciones, se dispone el lanzamiento respectivo”, sostuvo.
Además, aclaró que la única forma de suspender el desalojo es que el inquilino cancele la deuda pendiente. Agregó que los intentos de conciliación o justificaciones no detienen el proceso.
Actualmente, el Poder Judicial tramita 540 procesos de desalojo exprés, la mayoría en Lima. En ese contexto, el juez destacó la celeridad en segunda instancia. “El mismo día de la vista de la causa se resuelve el expediente. Es decir, el trámite en segunda instancia dura aproximadamente 10 días”, refirió, al reconocer el trabajo de la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Finalmente, Bustamante exhortó a los propietarios a adoptar medidas preventivas en sus contratos de arrendamiento. “Mi invocación es que incluyan la cláusula de allanamiento futuro y legalicen las firmas. Así, ante un incumplimiento, podrán acogerse a este trámite mucho más sencillo y célere”, concluyó.