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Declaran en emergencia sanitaria a Loreto y Pasco por brote de rabia silvestre

Por un plazo de 90 días calendario

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09:03 | Lima, feb. 11.

El Ministerio de Salud (Minsa) declaró en emergencia sanitaria, por el plazo de 90 días calendario, a la provincia del Datem del Marañón del departamento de Loreto, y a la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco, a fin de tomar acciones para atender el brote de rabia silvestre registrada en ambas jurisdicciones.

Mediante un Decreto Supremo publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establece que corresponde al Ministerio de Salud, a la Dirección Regional de Salud Pasco del Gobierno Regional de Pasco y a la Dirección Regional de Salud Loreto del Gobierno Regional de Loreto, realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el “Plan de acción para proteger a las personas del virus de la rabia en los departamentos de Loreto y Pasco”, que como anexo forma parte integrante del Decreto Supremo.

Esta medida se da en el marco de lo dispuesto por el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156, que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2014-SA.

La norma indica que la relación de bienes y servicios que se requiera contratar para enfrentar la emergencia sanitaria, se consigna y detalla en el anexo II “Bienes y servicios para atender la emergencia sanitaria de la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco”, y en el anexo III “Bienes y servicios para atender la emergencia sanitaria de la provincia del Dátem del Marañón del departamento de Loreto”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, siendo el Ministerio de Salud el responsable de su financiamiento.

Las contrataciones y adquisiciones que se realicen al amparo de la presente norma deberán destinarse exclusivamente para los fines que establece la misma, bajo responsabilidad.

Concluida la declaratoria de emergencia sanitaria, las entidades intervinientes deberán informar respecto de las actividades y recursos ejecutados, así como sobre los resultados alcanzados, en el marco de lo dispuesto por los artículos 24 y siguientes del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156.

La implementación de lo establecido en el presente Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional del pliego del Ministerio de Salud, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. 

En la víspera, el ministro de Salud, Aníbal Velásquez, confirmó que el Ejecutivo decidió declarar en emergencia sanitaria debido al brote de rabia silvestre aparecido en esa zona debido a la mordedura de murciélagos.

El funcionario anotó que se trasladará un lote de 20,000 vacunas antirrrábicas, el cual será empleado en una campaña masiva sanitaria en la provincia de Dátem del Marañon, donde se han registrado hasta el momento doce muertos de la etnia achuar por rabia.

El ministro también dijo que se ha instalado un puente aéreo por 25 días en la zona de frontera con el Ecuador para facilitar el envío de vacunas y personal de salud.

El Decreto Supremo lleva la rúbrica del Presidente de la República, Ollanta Humala, y está refrendado por el ministro de Salud, Aníbal Velásquez.

(FIN) LZD/LZD



Publicado: 11/2/2016