Corte de Lima ratifica que Ositran puede supervisar el Puerto de Chancay

Tribunal declaró improcedente la demanda de amparo presentada por la concesionaria.

ANDINA/Juan Carlos Guzmán

ANDINA/Juan Carlos Guzmán

18:00 | Lima, jul. 1.

La Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima revocó la sentencia de primera instancia que restringía las competencias del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran) respecto del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay y declaró improcedente la demanda de amparo presentada por Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A.

Con esta decisión, la sala concluye que las actuaciones cuestionadas corresponden al ejercicio regular de las competencias que la ley atribuye a Ositran y que no constituyen una amenaza cierta e inminente a derechos fundamentales, requisito indispensable para la procedencia de un proceso de amparo.




De esa manera, la decisión judicial revoca la sentencia emitida en enero de 2026, que ordenaba a Ositran abstenerse de ejercer sus funciones sobre las operaciones del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay, y reafirma el marco legal que sustenta las competencias del organismo regulador sobre la infraestructura de transporte de uso público.

En su resolución, el colegiado precisa que el Terminal Portuario de Chancay es una infraestructura de transporte de uso público y que, independientemente de que su titularidad sea privada, la empresa que lo explota califica como entidad prestadora. En consecuencia, se encuentra sujeta a las funciones de regulación, supervisión, fiscalización y sanción que la legislación vigente asigna a Ositran.

Asimismo, la sala señala que las comunicaciones, requerimientos y demás actuaciones administrativas emitidas por el regulador forman parte del ejercicio legítimo de sus atribuciones legales y que cualquier controversia derivada de procedimientos administrativos debe resolverse a través de las vías administrativas y contencioso-administrativas previstas por el ordenamiento jurídico.

En ese sentido, Ositran expresó su respeto por la decisión del Poder Judicial (PJ) y reafirmó su compromiso de continuar ejerciendo las funciones que la Constitución Política del Perú y las leyes le confieren para proteger los derechos de los usuarios, promover la transparencia, fortalecer la seguridad jurídica y contribuir al adecuado funcionamiento de la infraestructura de transporte de uso público en beneficio del país.


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(FIN) NDP/GDS

Publicado: 1/7/2026