La Contraloría amplió hasta mañana 13 de octubre el plazo para que las autoridades, funcionarios y servidores públicos que fueron registrados por la máxima autoridad administrativa de su entidad presenten su declaración jurada de intereses (DJI), a fin de prevenir posibles conflictos de interés en la administración pública.
De acuerdo con el nuevo cronograma establecido por la Resolución de Contraloría 193-2021-CG, el nuevo plazo general vencerá ahora el miércoles 13 de octubre del 2021.
Para las autoridades y funcionarios obligados a presentar declaración jurada de intereses del Instituto Nacional Penitenciario (Inpe), Sunat, Policía Nacional, Ministerio de Defensa el plazo vencerá el miércoles 20 de octubre del 2021.
En tanto, para las municipalidades (categoría B, E, F y G), el miércoles 27 de octubre del 2021 vencerá el plazo para las personas obligadas en los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal 2021, aprobados por Decreto Supremo 397-2020-EF.
Estas municipalidades corresponden a la jurisdicción provincial clasificadas con la categoría B (no pertenecientes a ciudades principales); en la jurisdicción distrital clasificadas con la categoría E (no pertenecientes a ciudades principales con más del 70 % de población urbana), categoría F (no pertenecientes a ciudades principales con población urbana entre 35 % y 70 %) y categoría G (no pertenecientes a ciudades principales con menos de 35 % de población urbana).
Registro de la DJI de las obligadas y obligados
La presentación de la declaración jurada de intereses es un requisito indispensable para el ejercicio del cargo o función pública, según la Ley 31227. Se realiza a través del Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflicto de Intereses (Sidji) que
se encuentra en el portal institucional.
Las claves de acceso al Sidji han sido remitidas a los correos electrónicos de las y los obligados a presentar la declaración jurada de intereses, en las oportunidades que se detallan a continuación:
DJI de inicio: las obligadas y obligados (señalados en el artículo 8 del Reglamento de la Ley 31227) que a la fecha se encuentren ejerciendo funciones.
DJI de inicio y periódica: las obligadas y obligados que vienen ejerciendo funciones y que debieron presentar su declaración jurada periódica luego de la entrada en vigencia de la Ley 31227.
DJI de inicio y cese: las obligadas y obligados cuyo ejercicio de funciones culminó al extinguirse el respectivo vínculo laboral o contractual, luego de la entrada en vigencia de la Ley 31227.
DJI de inicio, periódica y cese: las obligadas y obligados cuyo ejercicio de funciones ha culminado al extinguirse el respectivo vínculo laboral o contractual y que se encontraban ejerciendo funciones y debieron presentar su declaración jurada periódica luego de la entrada en vigencia de la Ley 31227.
La presentación de la declaración jurada de intereses se realiza con firma digital mediante el Sidji.
Excepcionalmente, y por única vez, las obligadas y obligados señalados en el artículo 8 del reglamento, que no cuenten con firma digital, registran su declaración jurada de intereses en el Sidji, lo imprimen y presentan con firma manuscrita dentro del mismo plazo señalado por ley, a través de la mesa de partes presencial.
La presentación excepcional de esta declaración jurada de intereses se presenta en sobre cerrado y adjunto a una carta simple en las diferentes mesas de partes de la Contraloría a escala nacional.
La declaración jurada de intereses comprende información sobre los vínculos familiares, laborales, económicos y financieros del declarante, así como también de su cónyuge o conviviente, con miras a transparentar y resguardar la independencia y objetividad que deben regir las funciones y actividades en la administración pública.
(FIN) NDP/FHG/CVC
GRM
Más en Andina:
Publicado: 12/10/2021