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Conoce el proyecto que promueve la idoneidad de candidatos a cargos públicos

Foto: ANDINA/Carla Patiño Ramírez.

Foto: ANDINA/Carla Patiño Ramírez.

08:57 | Lima, nov. 12.

El Ejecutivo presentó al Congreso un proyecto de ley de reforma constitucional que promueve la idoneidad de las y los candidatos a cargos públicos representativos y del ejercicio de la función pública.

La propuesta legislativa, enviada con carácter de urgente, modifica los artículos 34-A y 39-A de la Constitución.

En el primer caso, precisa que están impedidas de postular a los cargos de elección popular aquellas personas sobre las que recaiga una acusación penal de carácter sustancial en calidad de autor o cómplice por los siguientes delitos:

Feminicidio, homicidio calificado, lesiones graves por violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, secuestro, contra la libertad sexual y delitos contra la dignidad humana.

De igual forma, genocidio, desaparición forzada, tortura, organización criminal, tráfico ilícito de drogas, lavado de activos, colusión, peculado, corrupción de funcionarios y terrorismo.


En el caso del artículo 39-A, plantea que las personas que tengan una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso no podrán ejercer los cargos de: 

Ministros de Estado; miembros del Tribunal Constitucional, de la Junta Nacional de Justicia; contralor general de la República; defensor del pueblo; jueces y fiscales supremos; así como cualquier cargo público de confianza.


Más proyectos para la lucha anticorrupción


El Ejecutivo también presentó el proyecto de ley 00678/-2021-PE, que tiene por objeto establecer una agravante para los delitos de corrupción de funcionarios establecidos en el Código Penal, por promesa, ventaja  o beneficio indebido  que constituya conducta sexual o acto de connotación sexual. 

Con ello, el juez podrá aumentar la pena hasta en un tercio por encima del máximo legal fijado para el delito cometido, cuando la promesa, ventaja o beneficio indebido se circunscriba a una conducta sexual o acto de connotación sexual por cualquier medio, incluyendo el uso de dispositivos o instrumentos tecnológicos de información o comunicación.

También figura el proyecto de ley 00676/2021-PE que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas
con el fin de mejorar el marco normativo en torno a la prevención y sanción de los actos de corrupción vinculados a transacciones comerciales internacionales.

De esta manera, se busca fortalecer la investigación del cohecho (corrupción) nacional, transnacional y otros delitos, además de promover la mejora del buen gobierno corporativo.

También está el proyecto de ley 00675/2021-PE, que establece prohibiciones e incompatibilidades para los sujetos obligados del sector público y privado, durante su actividad laboral o contractual y al término de esta.

La iniciativa apunta a fortalecer la lucha efectiva contra la corrupción y elevar los estándares de la actuación pública, a través de la identificación, prevención y mitigación de conflictos de intereses.


(FIN) VVS/CVC
GRM

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Publicado: 11/11/2021