La Comisión de Defensa del Consumidor acordó un cuarto intermedio para incorporar una serie de propuestas en el predictamen que establece la suspensión o congelamiento de las obligaciones financieras, bancarias y comerciales contraídas por personas naturales con entidades crediticias en el contexto de la emergencia sanitaria.
El presidente de dicho grupo de trabajo, José Luis Luna Morales (Podemos Perú) advirtió de las cifras millonarias que habrían recibido las grandes entidades bancarias y financieras en el último año, y sostuvo la necesidad de sentar una diferencia entre bancos, cajas y micro financieras.
Además, mencionó que la Asociación de Bancos había señalado que esta propuesta sería anti constitucional por ir contra el modelo económico establecido en el país; pero, enfatizó que nuestro modelo económico, definido en la Constitución política del Perú, es uno social de mercado.
El predictamen contempla un plazo de 120 días calendarios, sin aplicar moras, multas en intereses, ni afectar la calificación crediticia. Vencido dicho plazo, la entidad acreedora podrá reanudar el cobro correspondiente disponiendo que las cuotas congeladas sean fraccionadas entre las demás cuotas hasta el vencimiento del crédito.
Asimismo, se plantea la suspensión de cobros judiciales o extrajudiciales, procesos de ejecución judicial, ejecución de garantías mobiliarias o inmobiliarias, ejecución forzada, remates públicos y en general toda clase de acciones judiciales y extrajudiciales por el plazo de 120 días calendarios.
Además, establece que no será aplicable nuevos intereses a los ya fijados en el contrato inicial. Del mismo modo, no podrá generarse nuevas comisiones o gastos administrativos como consecuencia del otorgamiento o concesión de periodo de gracia o reprogramación de créditos de parte de estas entidades.
(FIN) NDP/RMCH
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Publicado: 15/6/2020