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Congreso: establecen cálculo de CTS para docentes contratados y auxiliares de educación

ANDINA/Difusión

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08:56 | Lima, jul. 8.

Por unanimidad, el pleno del Congreso aprobó el dictamen mediante el cual se establece una fórmula de cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicios de los docentes contratados y de los auxiliares de educación de las entidades educativas públicas.

De acuerdo al dictamen emitido por las comisiones de Educación y de Presupuesto, este cálculo se aplica cuando los docentes y auxiliares con contratos regidos por las leyes 30328, 31278 y 30493 cesan su vínculo laboral.

El texto señala que “el profesor contratado recibe una CTS la que se otorga al momento de la finalización de su vínculo laboral a razón de un 100 % de su remuneración íntegra mensual por año o fracción de la totalidad de los meses y días de servicios trabajados”.


Con respecto a los auxiliares, al cesar su contrato se les otorgará a los nombrados el 100% de su remuneración mensual por año o fracción de la totalidad de los meses y días de servicios trabajados. A los que han sido nombrados, se les da el 100% de su remuneración mensual por año o fracción mayor a seis meses de servicios oficiales.


Límite de edad
De otro lado, el pleno del Congreso aprobó en segunda votación y por 104 votos y cuatro abstenciones, eliminar el límite de edad máxima para ejercer la docencia en las universidades.

El dictamen de la Comisión de Educación establece que no hay límite etario para dicha labor, modificándose en tal sentido el artículo 84 de la Ley Universitaria (Ley 302220).

De igual manera, se asigna al Consejo Universitario, junto a una junta médica, la tarea de evaluar la continuidad del docente, de acuerdo a su estado de salud física y mental.

(FIN) FGM/JCC

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Publicado: 8/7/2022