La Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos del Congreso aprobó por mayoría un proyecto de ley que establece un nuevo estándar de protección para los ciudadanos en el entorno digital.
La iniciativa incorpora conceptos indispensables como proveedor y canal digitales, además de reconocer derechos esenciales vinculados a la protección de datos personales, la seguridad de las transacciones en línea, la privacidad digital y el derecho al olvido.
Esta medida busca fortalecer la confianza en el comercio electrónico y reducir los riesgos asociados a prácticas abusivas o desinformación.
Durante la sustentación la presidente de la referida comisión, Katy Ugarte señaló que el crecimiento acelerado de plataformas digitales, aplicaciones de servicios y marketplaces no ha sido acompañado por una actualización normativa equivalente.
Recordó también que, desde su promulgación en 2010, el Código del Consumidor no incluía categorías cruciales para la supervisión de actores digitales, lo que generó importantes brechas de información y un escenario propicio para abusos.
El dictamen aprobado incorpora estándares internacionales utilizados en la Unión Europea, Brasil, Colombia y México, y permitirá a las autoridades fortalecer la fiscalización sobre plataformas y servicios en línea.
La propuesta aprobada establece obligaciones específicas para proveedores y plataformas digitales en materia de transparencia, trazabilidad de operaciones, seguridad jurídica y mecanismos ágiles de reclamo y resolución de controversias.
Asimismo, reconoce nuevos derechos que otorgan a los usuarios mayor control sobre su información personal y sus decisiones de consumo en entornos digitales.
“Con esta norma damos un paso firme hacia un mercado digital más seguro, confiable y justo para todos”, afirmó la congresista Katy Ugarte, al precisar que la iniciativa no limita la libertad de empresa, sino que ordena su ejercicio bajo principios constitucionales y con pleno respeto a los consumidores.
El texto sustitutorio aprobado modifica el artículo IV del Título Preliminar y el artículo 1 del Código del Consumidor, definiendo con claridad quiénes son los proveedores digitales y qué se entiende por canal digital.
También refuerza la obligación de las plataformas de brindar información verificable, accesible y transparente sobre condiciones de contratación, políticas de devolución y mecanismos de reclamo.
(FIN) NDP/RMCH
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Publicado: 3/12/2025