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Congreso abordará el terrorismo urbano y la extorsión en programa Martes Democrático

Foto: ANDINA/difusión.

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15:30 | Lima, oct. 8.

La primera vicepresidenta del Congreso de la República, Patricia Juárez, junto con la Oficina de Participación Ciudadana organizan una conferencia titulada "Medidas para combatir el terrorismo urbano y la extorsión".

Este evento se llevará a cabo el próximo miércoles 9 de octubre a las 18:00 horas en el auditorio Alberto Andrade Carmona, ubicado en la sede del Congreso de la República, avenida Abancay 151, Lima.

La conferencia contará con la participación de destacados panelistas, entre ellos Patricia Juárez Gallegos, primera vicepresidenta del Congreso; Gisela La Cruz Vargas, gerenta general de la Asociación de Bodegueros; coronel PNP Jorge Carpio Ordaya, director de la División de Investigación de Secuestro y Extorsión de la Policía Nacional del Perú (Dirincri); y Susana Saldaña, presidenta de la Asociación de Empresarios de Gamarra.

Este evento se enmarca dentro del programa Martes Democrático y tiene como objetivo discutir las estrategias y medidas para hacer frente a los crecientes problemas de terrorismo urbano y extorsión que afectan al país, especialmente a los sectores más vulnerables.

La inscripción para asistir a esta conferencia está abierta al público.


Terrorismo urbano

En la víspera, el Poder Ejecutivo presentó ante el Congreso un proyecto de ley que, mediante modificaciones al Código Penal, tipifica el delito de terrorismo urbano.

La figura del terrorismo urbano es descrita en esta iniciativa legislativa como la conducta consistente en “actos que generen terror o zozobra en la población o en un sector de ella” a través de los delitos de sicariato, conspiración, ofrecimiento para sicariato y extorsión.

Para ello se propone que en el artículo 315-C del Código Penal se establezca que la pena privativa de la libertad aplicada a dicho ilícito sea no menor de 30 años.

En cuanto al delito de extorsión, se propone modificar el artículo 200 del Código Penal, estableciendo que quien incurra en él recibirá pena privativa de la libertad no menor de 15 ni mayor de 20 años.


En ese mismo artículo se plantea establecer que quien toma locales obstaculice vías de comunicación o perturbe el funcionamiento de los servicios públicos o de obras, para obtener un beneficio o ventaja económica, será sancionado con pena privativa de la libertad no menor de 10 ni mayor de 15 años. De la misma forma, se encuentran otras tipificaciones.


Con respecto al sicariato, se indica que este delito será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 30 años.

Se señala también que se aplicará pena de cárcel no menor de 10 ni mayor de 15 años a quienes participen en conspiraciones para actos de sicariato y a quienes solicitan u ofrecen a otros cometer dicho ilícito.

Cuando se emplee a un menor de edad o a una persona inimputable para este delito, la pena será no menor de 20 ni mayor de 30 años de cárcel.

De igual manera, esta iniciativa legislativa incluye una disposición complementaria final, que establece que los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía que durante los estados de emergencia sean denunciados por actos realizados en cumplimiento de sus funciones “serán investigados y de ser el caso procesados según lo previsto en el artículo 173 de la Constitución”.

Esto implica que sus casos serán sometidos a los fueros jurisprudenciales correspondientes a la Policía y a la Justicia Militar, y no a los de la justicia común.



(FIN) OPG/CVC
GRM

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Publicado: 8/10/2024