La renovada Ley de Beneficios Tributarios ha cerrado en 2019 su mejor año, en lo que respecta a proyectos aprobados: fueron 25 iniciativas, presentadas por 21 empresas, aprobadas en el marco de la norma. Entre 2016 y 2018, el promedio anual había bordeado los 16 proyectos y 13 empresas beneficiadas.
La Ley 30309 fue promulgada en marzo de 2015 y establece una deducción adicional en el Impuesto a la Renta para empresas que efectúen gastos en proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica (I+D+i). El
Concytec califica el carácter innovador de los proyectos, como ente rector de la ciencia y tecnología en el país, a través de procesos de selección llevados a cabo por evaluadores externos.
Fue en octubre último cuando el gobierno publicó el Decreto de Urgencia N° 010-2019, “Decreto de Urgencia que modifica la Ley Nº 30309, Ley que promueve la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica”, que extiende la vigencia de la norma por tres años adicionales, hasta el 31 de diciembre del año 2022, enfocando con mayor énfasis este beneficio en la Micro y Pequeña Empresa (MYPE).
Esta medida es un importante incentivo para que más
empresas apuesten por la investigación, el desarrollo y la innovación, lo cual se demuestra en la presentación de 22 solicitudes para acceder a este beneficio durante las dos últimas semanas del mes de diciembre. Los resultados de estos procesos serían dados a conocer entre enero y febrero de 2020.
El balance desde 2016 arroja que 74 proyectos, presentados por 61 empresas, han sido aprobados en el marco de la Ley N° 30309. Del total de empresas, apenas una cuarta parte se ubica en la categoría de MYPE, por lo que en el DU N°010-2019 se ha incluido modificaciones en la deducción tributaria con el propósito de hacer más atractivo el beneficio para estas empresas.
Modificaciones a la ley
Entre los principales cambios a la renovada ley, se cuentan los referidos a la deducción tributaria adicional para las MYPE.
Las empresas cuyos ingresos no superen las 2 300 UIT (una UIT equivale a 4 300 soles) podrán deducir de su impuesto a la renta (IR) el 215% (100% + 115% de deducción adicional) de su inversión.
Mientras que las empresas cuyos ingresos superen las 2 300 UIT podrán deducir en su cálculo del IR el 175% (100% + 75% de deducción adicional). Si el proyecto es realizado en centros de I+D+i internacionales, también aplica el beneficio tributario, aunque siendo este entre 25 y 40 % menor.
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(FIN) NDP/SPV
Publicado: 15/1/2020