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Busto de José Olaya es declarado Patrimonio Cultural de la Nación

Se encuentra en la Estación de la Compañía de Bomberos N°13 “José Olaya”, en Chorrillos

La declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación por el Ministerio de Cultura, se da en razón de presentar los valores histórico, artístico y militar del país. Foto: ANDINA/ Ministerio de Cultura

La declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación por el Ministerio de Cultura, se da en razón de presentar los valores histórico, artístico y militar del país. Foto: ANDINA/ Ministerio de Cultura

17:30 | Lima, feb. 1.

El busto del reconocido héroe nacional, José Olaya Balandra, ubicado en la Estación de la Compañía de Bomberos N°13 “José Olaya” en el distrito de Chorrillos, fue declarado como Patrimonio Cultural de la Nación.

El bien representa escultóricamente al héroe José Olaya Balandra en busto, el cual data de 1867, elaborado en bronce vaciado y cincelado en sus detalles. Aparece firmado por "S. Gómez Carrillo" en la zona inferior derecha.

La declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación del referido bien, por el Ministerio de Cultura, se da en razón de presentar los valores histórico, artístico y militar del país. Representa un valor histórico, porque forma parte de la historia de Chorrillos, pues los vecinos lo crearon para el homenaje al héroe y mártir de la independencia peruana.

Asimismo, está asociado al acervo de la Estación de la Compañía de Bomberos N°13 “José Olaya”, una de las más antiguas de su tipo en el país. 

Posee un valor artístico, debido a que la obra de arte constituye el busto más antiguo del último tercio del siglo XIX, que se conserva de José Olaya Balandra, exponente de la manufactura en bronce y calidad del arte escultórico de esos años.

Mientras que el valor social, es porque el busto de José Olaya Balandra recoge la intención del Estado de ofrecer, a la sociedad peruana, la imagen gloriosa del máximo héroe chorrillano como un modelo integrador de lealtad, heroísmo y defensa de la libertad, motivo por el cual es necesaria su conservación y difusión.

Leyes que protegen el acervo cultural


El artículo 21 de la Constitución Política del Perú, establece que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado.

En tanto, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N°28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modificatorias, define como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano -material o inmaterial- que por su importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo. Dichos bienes tienen la condición de propiedad pública o privada con las limitaciones que establece dicha ley.

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(FIN) NDP/ SMS


Publicado: 1/2/2021