El Gobierno publicó el Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, que entre sus objetivos busca minimizar la generación de residuos sólidos en el origen (viviendas, empresas, industrias, comercios, entre otros).
La norma promueve también la recuperación y valorización de los
residuos sólidos a través de procesos como el
reciclaje de plásticos, metales, vidrios y otros, y la conversión de residuos orgánicos en compost o fuente de generación de energía, lo cual impulsará una industria moderna del reciclaje, incluyendo a los pequeños recicladores en esta cadena de valor, destacó el
Ministerio del Ambiente (Minam).
La
valorización de residuos sólidos con un enfoque integral, se considera como una opción prioritaria en la política ambiental, pues permitirá la reincorporación de la materia a los ciclos productivos. Ello, traerá nuevas oportunidades de negocios, y al mismo tiempo, minimizará la contaminación ambiental y reducirá la presión sobre el uso de algunas materias primas”, afirmó la ministra del Ambiente, Elsa Galarza.
Destacó que la Ley, y su reglamento, promovida por el
Ministerio del Ambiente es resultado de un trabajo multisectorial, además el proyecto de Reglamento fue sometido a consulta pública mediante la Resolución Ministerial N° 174-2017-MINAM del 28 de junio de 2017, y como resultado del proceso de participación ciudadana se recibieron más de 1,000 comentarios de la sociedad civil (asociaciones, ONG), asociaciones de recicladores, empresas privadas, personas naturales, operadores de residuos sólidos, instituciones públicas y municipalidades distritales y provinciales.
Gestión municipal
El Reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos regula, entre otros aspectos, las condiciones para el desarrollo del servicio de limpieza pública, estableciendo los requisitos técnicos que las municipalidades deberán tomar en cuenta para diseñar adecuadamente las rutas y horarios de recolección, los mecanismos de reaprovechamiento y disposición final de los residuos sólidos municipales.
En la actualidad no se cuenta con criterios técnicos homogéneos y modernos, ni mecanismos eficaces de financiamiento de proyectos en
residuos sólidos para que las municipalidades puedan ofrecer el servicio de limpieza pública con mayor calidad y cobertura.
Por ello, esta norma contiene nuevos enfoques para la minimización de residuos sólidos y ayudará a superar la baja recaudación municipal de los servicios de limpieza pública, permitiendo que los gobiernos locales puedan suscribir convenios con empresas de prestación de servicios públicos para el cobro de los arbitrios.
Asimismo, se descentralizan las competencias hacia los gobiernos subnacionales, de esta manera las municipalidades podrán aprobar los proyectos e instrumentos de gestión ambiental (IGA) de infraestructura para la valorización, transferencia y disposición final de residuos sólidos municipales, con lo cual se busca simplificar y agilizar los trámites administrativos.
Fortalecimiento fiscalizador
En materia de fiscalización, este Reglamento fortalece la función fiscalizadora del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). De esta manera, OEFA no solo fiscalizará las funciones de las municipalidades provinciales y distritales relacionadas con la gestión de los residuos, sino que también podrá sancionar su incumplimiento en base a la tipificación de posibles infracciones.
Además, fiscalizará a los titulares de infraestructuras de residuos sólidos (plantas de tratamiento, rellenos sanitarios) sean estos municipales o de empresas operadoras garantizando su adecuado desempeño ambiental.
Responsabilidad extendida
Por otra parte, en esta norma se establecen los criterios para la implementación de regímenes especiales para los productos y empaques provenientes de bienes de consumo masivo que se podrán aplicar en llantas, baterías, pilas y plásticos usados, entre otros, bajo el enfoque de responsabilidad extendida del productor (REP) y cuyo sistema de manejo, metas y objetivos serán definidos en coordinación con los sectores competentes a través de normas específicas.
Es decir, a futuro y progresivamente, el fabricante o distribuidor de determinados productos de consumo masivo deberá asumir la responsabilidad de recuperar los productos y/o empaques luego que el consumidor ya los usó y descartó (etapa post consumo) a fin de evitar que estos ingresen a los flujos de residuos sólidos. De esta manera, se busca facilitar el reciclaje y reducir el volumen de residuos sólidos que se disponen en los rellenos sanitarios.
Este Reglamento, que pone en plena operatividad la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, ofrece una oportunidad para mejorar el servicio de limpieza pública, reducir significativamente la contaminación ambiental a escala nacional y hacer realidad la gran cruzada nacional Perú Limpio impulsada por el Minam y numerosas entidades públicas y privadas.
(FIN) NDP/MAO
También en Andina:
Publicado: 21/12/2017