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Boletas de pago de remuneraciones: ¿cuáles son las obligaciones del empleador?

Estudio Olaechea explica

Factura electrónica. Foto: Difusión.

Factura electrónica. Foto: Difusión.

05:00 | Lima, mar. 24.

Como parte de sus funciones permanentes, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) realiza inspecciones para verificar el cumplimiento de la normativa laboral, destacó el Estudio Olaechea.

En ese sentido, detalló los principales aspectos a tener en cuenta frente a una eventual fiscalización sobre las boletas de pago, conforme al decreto supremo (DS) 001-98-TR:

1.- ¿Cuáles son las obligaciones de los empleadores en materia de boletas de pago de remuneraciones?


• Entregar a los trabajadores sus boletas de pago: La entrega puede ser física o a través de canales digitales (como intranet, correo electrónico u otros similares):

a) Entrega física: el trabajador firma la boleta y se le entrega una copia.

b) Entrega por canales digitales: se requiere de la autorización expresa (y de preferencia por escrito) del trabajador. 

Si se cuenta con esa autorización, no se necesitará la firma del trabajador en señal de recepción.

c) Entrega en el marco de la emergencia sanitaria por el covid-19: el decreto legislativo (DL) 1499 habilitó a las empresas a usar los canales digitales para enviar información laboral a los trabajadores sin requerir de la autorización expresa, siempre que se garantice de manera razonable la recepción (sin perjuicio de ello, se sugiere contar siempre con la autorización).

• La entrega de la boleta debe realizarse a más tardar el tercer día hábil siguiente a la fecha de pago.

• El empleador puede sustituir su firma ológrafa y el sellado manual por su firma digital.

• El empleador tiene la carga de probar la entrega de la boleta de pago al trabajador.

2.- ¿Cuál es el criterio del Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) en materia de boletas de pago de remuneraciones?



3.- ¿Cuáles son las infracciones si la empresa no cumple con sus obligaciones en materia de boletas de pago?


Las infracciones están contempladas en el reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, aprobada por DS 019-2006-TR:


4.- Recomendaciones:


• Contar con una carpeta física o virtual con los cargos de envío o entrega de las boletas del personal.

• Si las boletas se entregan por canales digitales, asegurarse de contar con las autorizaciones correspondientes por escrito.

• Entregar las boletas dentro del plazo legal.

• Verificar que la información consignada en la boleta sea correcta.


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(FIN) NDP/MMG


Publicado: 24/3/2023