Dos monos machín blancos (Cebus sp.) y cuatro aves, que eran criados en condiciones inadecuadas en la región Piura, fueron rescatados por el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), gracias a la alerta ciudadana y la coordinación interinstitucional.
Uno de los primates estaba encadenado a un árbol en plena calle del asentamiento Víctor Raúl, en el distrito de Castilla. El aviso, mediante una llamada telefónica, permitió su rescate con el apoyo de la Fiscalía Especializada en Material Ambiental de Piura y el Departamento de Medio Ambiente de Piura de la Policía Nacional del Perú.
Una mona machín fue entregada a la autoridad forestal y de fauna silvestre en Piura por parte del serenazgo de la municipalidad distrital de Veintiséis de Octubre. De acuerdo con la información de los agentes, una familia del sector Micaela Bastidas reportó su aparición en la vivienda. Al parecer, escapó de una casa colindante, donde era criada ilegalmente como mascota.
Por otro lado, en la provincia de Morropón, una denuncia hecha mediante la aplicación web
Alerta Serfor permitió rescatar un guacamayo azulamarillo (
Ara ararauna) y a tres loros frente amarilla (
Amazona amazonica).
Las aves estaban en una jaula que no cumplía las condiciones mínimas sanitarias.
Evaluación
El propietario de la vivienda no contaba con la autorización respectiva que acredite el origen legal de los especímenes de fauna silvestre en cautiverio, por lo que se procedió a iniciar un proceso administrativo sancionador.
Tras el rescate, los animales silvestres fueron evaluados por especialistas para determinar su estado de salud. Asimismo,
se coordina con los zoológicos autorizados para su custodia, de acuerdo con la
Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Ley N° 29763).
Dicha ley permite el manejo de fauna silvestre en cautividad como centros de cría, centros de rescate, zoocriaderos y zoológicos. Para ello deben cumplir con los requisitos que garanticen las condiciones para el desarrollo de la actividad.
Asimismo, establece multas para quienes capturen, adquieran, posean, exporten, transporten, comercialicen o aprovechen los recursos de flora o fauna silvestre sin la debida autorización o que provengan de centros no autorizados por el Serfor.