Andina

Accidente en Cusco: afirman que ómnibus siniestrado sí cuenta con SOAT

Desde el 2002 el SOAT ha pagado más de S/2,500 millones en gastos médicos e indemnizaciones, precisa Apeseg

El bus de placa B7G-962, perteneciente a la empresa de transporte interprovincial Power, llevaba a una delegación de escolares de una institución educativa de la provincia de Ayaviri, región Puno, y a otros pasajeros. ANDINA/Percy Hurtado Santillán

El bus de placa B7G-962, perteneciente a la empresa de transporte interprovincial Power, llevaba a una delegación de escolares de una institución educativa de la provincia de Ayaviri, región Puno, y a otros pasajeros. ANDINA/Percy Hurtado Santillán

14:45 | Lima, nov. 27.

El bus que se accidentó la madrugada de hoy en el sector Capilla del centro poblado de Huacarpay, en la provincia cusqueña de Quispicanchi, que dejó siete muertos y más de 40 heridos, contaba con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), emitido por la empresa Mapfre; informó la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg).

Como se recuerda, el bus de placa B7G-962, perteneciente a la empresa de transporte interprovincial Power, llevaba a una delegación de escolares de una institución educativa de la provincia de Ayaviri, región Puno, y a otros pasajeros.


Apeseg recuerda, a través de un comunicado, que el SOAT cubre los gastos médicos de cada persona que haya resultado herida hasta por 5 UIT (21,000 soles). No se requiere investigación policial ni pronunciamiento de autoridad alguna para proceder con las atenciones e indemnizaciones.

El SOAT, añade, cubre a todas las personas que resulten víctimas de un accidente de tránsito, tanto si se encontraban dentro del vehículo asegurado como en la vía y sin importar la causa del accidente. La cobertura tampoco tiene límite en el número de personas afectadas, aún si la capacidad del vehículo hubiere sido rebasada.

De acuerdo a la ley del SOAT, si las lesiones ocasionaran incapacidad temporal, la persona afectada tiene además derecho a una indemnización de hasta 1 UIT (S/4,200) y si las lesiones le ocasionaran invalidez permanente, la indemnización será de hasta 4 UIT (S/16,800), dependiendo del grado de menoscabo.

A los familiares directos de quienes perdieron la vida en el citado accidente, Apeseg les recuerda que los gastos de sepelio están cubiertos hasta por 1 UIT (S/4,200) y que la ley les otorga una indemnización de 4 UIT (S/16,800), según el orden de precedencia establecido en la ley del SOAT (DS N°024-2002).

La ley da un plazo de dos años para el cobro de las indemnizaciones, tras el cual el dinero no cobrado se transfiere al Fondo de Compensación del SOAT, el cual cubre gastos médicos y de sepelio a las víctimas de accidentes de tránsito cuando los vehículos se dieron a la fuga y no pudieron identificarse.

Desde el 2002 el SOAT ha pagado más de S/2,500 millones en gastos médicos e indemnizaciones, dando alivio económico a quienes pasan por momentos difíciles tras un accidente de tránsito, puntualiza Apeseg.

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(FIN) NDP/TMC/MAO

Publicado: 27/11/2019