El Poder Judicial (PJ) ordenó la liberación de la empresaria trujillana Maricsa Polet Alfaro Cerna, quien fue condenada a cuatro años, seis meses y 26 días de prisión por atropellar y causar la muerte del vigilante Juan Martínez Torres, la noche del 3 de mayo en la urbanización El Golf, en el distrito de Víctor Larco, provincia de Trujillo, región La Libertad.
La decisión fue adoptada por unanimidad el 7 de octubre por la Segunda Sala Penal de Apelaciones de La Libertad, que revocó la orden de prisión y dispuso que la condena se cumpla bajo la modalidad de pena suspendida.
Dicha resolución, firmada por los vocales Jorge Alberto Colmenares Cavero, Víctor Hugo Mariños y Manuel Federico Loyola Florián, fue comunicada a los deudos de Martínez Torres un día antes de cumplirse cinco meses de que le arrebataran la vida.
Los magistrados sustentaron su decisión en que la condena no supera los cinco años de cárcel y en que la acusada reúne las condiciones legales para acceder a la suspensión de la pena. Entre los factores que valoraron figuran su conducta, arraigo domiciliario, el reconocimiento de los cargos y los pagos hechos como parte de la reparación civil.

La sentencia
La empresaria fue sentenciada el 5 de junio por el Tercer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Unidad de Flagrancia de Trujillo. Durante la apelación, el Ministerio Público y la parte civil solicitaron que se mantuviera la pena de prisión debido a la gravedad de los hechos, pues, según los argumentos del caso, la acusada conducía con la licencia vencida y en estado de ebriedad.
Sin embargo, la Sala consideró que la gravedad del resultado, por sí sola, no impide que se suspenda la ejecución de una condena cuando se cumplen los requisitos establecidos por la ley.
Reparación civil
Además de ordenar la suspensión de la pena de prisión, los jueces elevaron a 400,000 soles el monto de la reparación civil que deberá destinarse a resarcir los daños ocasionados a los familiares de Juan Martínez Torres. La Sala consideró que algunos conceptos de la indemnización fijada inicialmente eran insuficientes frente al perjuicio causado.

Los magistrados también ratificaron la inhabilitación definitiva de Alfaro Cerna para conducir vehículos motorizados.
Por último, la resolución precisa que, para calcular el monto pendiente de pago, deberán considerarse las sumas entregadas desde el accidente por la empresaria, sus familiares o el tercero civilmente responsable, así como los gastos cubiertos por cualquier tipo de seguro.
Publicado: 12/10/2026