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Tribunal Supremo a cargo de caso Madre Mía actuó de acuerdo a ley

Asegura juez supremo César San Martín

ANDINA/Difusión

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15:13 | Lima, jun. 23.

El juez supremo César San Martín aseguró que la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, que él presidió y que en 2009 resolvió no haber lugar a enjuiciamiento por el caso Madre Mía, actuó con apego a la ley en base a los elementos de convicción planteados por la Fiscalía.
 
Ante la comisión parlamentaria que investiga este tema y que preside Héctor Becerril, explicó las razones jurídicas que motivaron dicha resolución sobre este caso en el cual estuvo procesado el expresidente Ollanta Humala por los presuntos asesinatos y desapariciones forzadas en la Base Madre Mía (Huánuco) en 1992. 
 
El magistrado refirió que, en su oportunidad, se evaluó objetivamente de manera conjunta y global la credibilidad y certezas de las pruebas presentadas en el proceso.

Entre las pruebas figuran las pericias y los cambios de versiones de los testigos -entre ellas la de Jorge Ávila Rivera que brindó multiplicidad de declaraciones contradictorias- que implicaban a Humala como autor de los referidos delitos. 
 
“Actuamos sobre lo que encontramos. Lo que mandan son las pruebas y a las pruebas nos debemos, hicimos lo que debimos hacer dentro de los marcos de la competencia funcional de la Corte Suprema en un caso que la Fiscalía consideró que no debía haber acusación. En ese límite nos concentramos”, refirió. 

Precisamente, señaló que las constataciones antropológicas realizadas no lograron ubicar fehacientemente los lugares en donde los denunciantes aseguraron en algún momento que fueron torturados.
 
“El canon de motivación referido a la corroboración para validar la fiabilidad de un testimonio incriminador, lo cumplimos debidamente en la valoración conjunta de este caso”, indicó.
 

Detalló que se examinó las declaraciones de los denunciados y testigos de cargo desde las exigencias de seguridad valorativa jurisprudencialmente consolidada: credibilidad subjetiva, coherencia de la narración y, esencialmente, la corroboración externa de los testimonios incriminatorios.  
 
Asimismo, hizo alusión a los defectos internos de los testimonios de cargo en este proceso.
 
Aclaró, además, que en ninguna etapa procesal los ilícitos por los que fue procesado Humala Tasso fueron calificados por las partes procesales como delitos de lesa humanidad sino como delitos ordinarios.
 
En ningún momento del proceso se mencionó que el caso Madre Mía referían a delitos de lesa humanidad. No lo dijo nadie”, afirmó.
 
Precisó, asimismo, que ninguna de las partes nunca denunció una indebida o torcida actuación del Poder Judicial en este caso.
 
Al ser consultado por las agendas de la ex primera dama Nadine Heredia Alarcón, en las que supuestamente hacen referencia a él, el magistrado señaló que para probar la veracidad de ello debía determinarse el testigo fuente de los escritos.
 
Ese documento no me afecta en nada”, señaló.
 
De esa manera, San Martín Castro cumplió -previa autorización de la Corte Suprema- con su deber de presentarse ante la comisión congresal, en una sesión que duró dos horas.

El juez supremo consideró que hubo “preguntas y comentarios impropios” por parte ciertos integrantes del mencionado grupo de trabajo, y que fueron señaladas durante su intervención; no obstante, respondió satisfactoriamente a las interrogantes planteadas.  

(FIN) NDP/VVS/CVC

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Publicado: 23/6/2018