El Tribunal Constitucional ratificó la sentencia mediante la cual dispuso la nulidad de la orden de prisión preventiva dictada contra Vladimir Cerrón, secretario general de Perú Libre, en el marco del caso Los Dinámicos del Centro.
En este último fallo, el colegiado declara la nulidad de dos resoluciones, del 4 de diciembre de 2025 y del 7 de enero de 2026; así como de "todos aquellos actos y resoluciones que resulten contrarios" a la sentencia que anula la medida restrictiva.
Como es de conocimiento público, en dicha resolución se declaró fundada la demanda de habeas corpus interpuesta por la defensa de Cerrón Rojas, actualmente prófugo.
En ese sentido, se deja sin efecto la resolución del 3 de junio de 2025, que declaró infundada su solicitud para que se dicte comparecencia en lugar de prisión preventiva al ex gobernador regional de Junín, en el marco del proceso que se le sigue por los delitos de organización criminal y lavado de activos.
Además, por conexión, el fallo dispuso la nulidad también de la resolución del 18 de diciembre de 2023, por el que se le dicta la medida restrictiva y se varía su inicial mandato de comparecencia, así como de las confirmatorias de dichas sentencias.
Al respecto, el abogado del líder de Perú Libre, David Panta, indicó a través de la cuenta de X de Cerrón que, en su fallo aclaratorio, el TC le señala al colegiado del magistrado Leodan Cristóbal que su interpretación "desconoce el verdadero alcance de la cosa juzgada constitucional" y que, si la prisión preventiva fue declarada nula, también deben desaparecer las resoluciones posteriores que la mantuvieron vigente.
"Este auto también envía un mensaje fuerte al Poder Judicial: las sentencias del Tribunal Constitucional deben ejecutarse en sus propios términos y no pueden ser reinterpretadas de manera que neutralicen sus efectos. La autoridad de la cosa juzgada constitucional no admite que el juez de ejecución redefina el alcance del fallo", aseveró el abogado.
(FIN) MCA/FHG
GRM
Más en Andina:
Publicado: 30/7/2026