Luego de que se aprobara en el Congreso la reconsideración de la votación para retornar al sistema parlamentario bicameral, la iniciativa mencionada debe ser debatida nuevamente y, por ende, sometida una vez más a votación, a fin de que pueda ser aprobada definitivamente entre julio y diciembre, explicó el exoficial mayor del Parlamento, César Delgado Guembes.
“En estos instantes el proyecto se encuentra como si recién hubiera sido presentado” el dictamen, manifestó el también experto en temas parlamentarios en el programa ‘Andina al Día’ de Andina Canal Online. “Es como si recién se iniciara el debate”, recalcó.
Esto se dará una vez haya concluido el cuarto intermedio en el cual se encuentra el tema, señaló. Desde su perspectiva, el pedido de reconsideración se orienta a que la reforma mencionada sea aprobada por el Parlamento, sin que pase por un referéndum.
Recordó que el proyecto fue aprobado con 86 votos, faltándole uno para alcanzar la votación requerida para una reforma de ese tipo. Esto implicaba que la iniciativa sea materia de una consulta.
La opción sin referéndum
Al aprobarse la reconsideración planteada por el presidente de la Comisión de Constitución, Hernando Guerra García (FP), se abre la posibilidad de que el texto planteado sea aprobado con los 87 votos necesarios en una primera votación, y que luego sea sometido a una segunda con similar resultado, pudiendo entrar en vigor sin referéndum previo, estimó Delgado Guembes.
Esta segunda votación debe darse en la siguiente legislatura ordinaria; es decir, en aquella que se inicia el 27 de julio próximo, apuntó el especialista. “La reforma podría entonces ser aprobada entre julio y diciembre de este año”, manifestó.

Tras ello y de acuerdo con la primera disposición complementaria del texto sustitutorio presentado “deben ponerse en vigencia estas reformas”. En ese sentido, se indica que las mismas deben de ponerse en vigencia en las elecciones generales próximas.
El especialista refirió además que en la segunda disposición complementaria se establece que el presupuesto destinado a cubrir la implementación de la reforma no debe de exceder al 0.6% del presupuesto general.
Delgado Guembes consideró que en estos puntos de ìndole electoral y presupuestal podrían suscitarse interpretaciones desde el Sistema Electoral respecto a si se tratan de las elecciones de 2026 o a los siguientes comicios generales (a realizarse en teoría en el año 2031).
“Esa interpretación la hará el Jurado Nacional de Elecciones; salvo que se especifique en el texto que los organismos electorales deben preparar las elecciones generales del 2026 con las reformas contenidas en esta modificación”, indicó.
(FIN) FGM/CVC
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Publicado: 13/6/2023